El STJ rechazó el recurso extraordinario de inconstitucionalidad presentado por el partido Nueva Dirigencia, que solicitaba reconocimiento de personería jurídica.
Los integrantes de la Corte Provincial señalaron que la queja de los apoderados del partido además de extemporánea, no logró exponer, con la fundamentación, claridad y precisión debidas, un caso constitucional que justifique la intervención del Tribunal Superior.
Observaron la existencia de vicios formales en el procedimiento previo a su dictado, cuestión que debió atacarse por vía de nulidad no siendo el recurso extraordinario de inconstitucionalidad el medio idóneo para tales agravios.
La explicación dada por los apoderados del partido traslucían –indicaron- una mera discrepancia con la omisión de sustanciar, en primera instancia, sendos recursos de revocatoria interpuestos por su parte, cuestión que debió objetarse por la vía procesal adecuada, pero no lo hicieron.
El fallo lleva la firma de los Ministros doctores Eduardo Panseri, Luis Eduardo Rey Vazquez, Alejandro Alberto Chain y Guillermo Horacio Semhan.