Retribución de un Juez de Cámara, sin considerar la bonificación por antigüedad (RJC): | $3.763.434,69 | Valor vigente según Acdo. N°38/24, Comunicado N°2 | |||
MULTAS CÓDIGO PROCESAL DE FAMILIA, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DE LA PROVINCIA DE CORRIENTES-LEY N° 6.580 | |||||
CONCEPTO | CALCULO | DESDE | HASTA | Aclaración adicional | |
Multa por recusación maliciosa | Art.44 | hasta un 25% de la remuneración de un juez de Cámara | – | $940,858.67 | según las circunstancias del caso y la demora generada |
Facultades disciplinarias del juez | Art. 54 inc c) | hasta un 50% de la remuneración de un juez de Cámara | – | $1,881,717.35 | El importe de las multas que no tuviesen destino especial establecido en este Código, se aplicará al que fije el Superior Tribunal de Justicia |
Retardo de informe. Sanción | Art.184 | entre 1%-3% de la remuneración de un juez de Cámara por cada día de retardo | $37,634.35 | $112,903.04 | determinación periódica del S.T.J. |
Testimonial fuera de la sede del Juzgado | Art.219 | hasta un 10% de la remuneración de un juez de Cámara | – | $376,343.47 | |
Prórroga. Multa (demora en pronunciar Sentencia, falta de comunicación o de pronunciamiento en el plazo fijado) | Art. 254 | hasta un 15% de la remuneración del juez de que se trate | – | – | al juez o integrante del tribunal |
Articulaciones infundadas. Entrega de los bienes (planteo de cuestiones improcedentes) | Art. 454 | entre 5%-10% del resultado de la venta en remate | – | – | |
Articulaciones infundadas del comprador (planteo de cuestiones improcedentes) | Art.462 | entre 5%-10% del resultado de la venta en remate | – | – | |
Nulidad de la subasta sin fundamento. Pedido de parte | Art. 476 | entre el 5% -10% del precio obtenido en remate | – | – | |
Responsabilidad por incumplimiento de diligencias preliminares (incumplimiento de la orden del juez Brindar información falsa Destruir u ocultar instrumentos o cosas) |
Art.518 | hasta un 50% de la remuneración de un juez de Cámara | – | $1,881,717.35 | Según corresponda, por la naturaleza de la medida preparatoria y la conducta observada por el requerido, los jueces y tribunales pueden imponer sanciones conminatorias |