18 junio, 2021 -

La Juez María Eugenia Herrero desestimó una medida autosatisfactiva peticionada por el PJ

La Juez electoral decidió rechazar una medida autosatisfactiva requerida por los apoderados del PJ a efectos de obtener la declaración de nulidad de la convocatoria a elecciones de Gobernador y Vicegobernador por entender no configurados los requisitos de procedencia de la acción.

La Juez electoral Dra. María Euguenia Herrero, decidió rechazar una medida autosatisfactiva requerida por los apoderados del Partido Justicialista – Distrito Corrientes a efectos de obtener la declaración de nulidad de la convocatoria a elecciones de Gobernador y Vicegobernador efectuada por el Señor Gobernador de la Provincia, para el día 29 de agosto de 2021, por entender no configurados los requisitos de procedencia de la acción.

Expte. N° STD 1687/21 – “DRES. RINDEL, ELSA PATRICIA – PACAYUT, FELIX MARIA – MARTINEZ, GASTON Y GOMEZ ALFREDO ANTONIO – APODERADOS DEL PARTIDO JUSTICIALISTA C/ PODER EJECUTIVO PROVINCIAL S/ MEDIDA AUTOSATISFACTIVA”

Ver Fallo N° 73 – Ver aquí