21 mayo, 2024 -

En 60 minutos logran protección urgente para mujer mayor en situación crítica

Ante el peligro de que el tratamiento de una mujer mayor internada fuera interrumpido por una de sus hijas, el Juzgado Civil y Comercial Nº 8 actuó con celeridad. En el término de una hora notificó al personal del hospital que no necesitaba del consentimiento de la hija para la continuidad de sus cuidados.

El doctor Leonardo Sánchez, a cargo del Juzgado Civil y Comercial Nº 8 de Capital, dispuso que R. se abstuviera de intervenir, entorpecer, dilatar, cuestionar e impedir el tratamiento indicado por médicos, kinesiólogos, cuidadores, enfermeros y profesionales a su madre.

La joven se presentaba diariamente en la institución de manera violenta y prohibía a los médicos que le suministraran los medicamentos y tratamientos que ésta requería.

El magistrado advirtió la “altísima vulnerabilidad” en la que se encontraría la señora, de más de 80 años, y consideró que su salud e integridad física estaban en peligro por ese comportamiento obstructivo.

Por ello, notificó al personal y autoridades del hospital que se encontraban autorizados a realizar los tratamientos y suministrar la medicación de acuerdo a las indicaciones de los profesionales de la salud, sin necesidad de contar con su consentimiento.

La medida cautelar, excepcional, buscó priorizar el cuidado de la mujer ante la gravedad y urgencia que revestía el caso denunciado por posible vulneración de derechos constitucionales.

El tiempo transcurrido entre el llamado telefónico del abogado de otra de las hijas, la recepción de la demanda y las pruebas documentales, y la posterior decisión del juez fue de 60 minutos. A eso se sumó que la medida cautelar se dictó fuera del horario laboral, y se solicitó colaboración a la policía de Corrientes para cursar las notificaciones

Además de notificar a las personas involucradas, el doctor Sánchez también informó a la Comisaría correspondiente, para que le hiciera saber a hija  de su derecho a presentar defensa legal.

La medida cautelar  es un remedio preventivo del que dispone el juez para asegurar o mantener una determinada situación, en ese caso, el del tratamiento médico que debía continuar recibiendo la señora mayor.

 

Le puede interesar
7 marzo, 2025

Resumen de Cuenta: rechazan reclamo de un cliente bancario  

El Superior Tribunal de Justicia de Corrientes rechazó el reclamo de un consumidor que demandó a un banco por incumplimiento del deber de información.

20 febrero, 2025

Obligación alimentaria del progenitor afín: un deber excepcional y limitado

La Corte Provincial ordenó a un hombre que pagara la cobertura médica y las clases de inglés de la hija de su ex pareja. La obligación del padre afín reemplaza la del padre biológico sólo de manera excepcional, señalaron sus integrantes.

13 febrero, 2025

Fallo del STJ ratifica un aumento en más del 100% de una cuota alimentaria

Un padre cuestionó el aumento del 120% de la cuota alimentaria y expresó que no se tuvieron en cuenta las necesidades específicas de su hijo. La Corte Provincial ratificó que la manutención no debía basarse en cálculos dogmáticos. Destacó que la Canasta de Crianza, sólo se aplica hasta los 12 años, por lo que en los casos de adolescentes más grandes, las demandas son otras.