Las Defensorías de Pobres y Ausentes de la Primera Circunscripción pueden ayudar a una persona a tramitar la inscripción de un nacimiento fuera de término, siempre y cuando se trate de alguien que no cuente con los recursos suficientes.
Para iniciar dicho trámite, los progenitores del menor deberán presentar un certificado y declaración de Pobreza y otro igual de Domicilio. A ambos los emite la Policía de la Provincia. Y, desde luego, el certificado de Nacimiento original o Acta de Nacimiento Legalizada del peticionante, el cual es entregado por el Registro Civil.
Dicha documentación debe ir acompañada por una fotocopia del Documento Nacional de Identidad del solicitante y, si es casado legalmente, el certificado de Matrimonio original o Acta de Matrimonio Legalizado del mismo –lo entrega el Registro Civil– o Libreta de Familia
Además, hay que acercar un certificado Negativo de Nacimiento de la persona a Inscribir, también obtenido del Registro Civil.
Por otra parte, es imperioso contar con una constancia de Nacido Vivo de la persona a inscribir, que se obtiene en el Hospital donde nació el menor, y acompañarlo con datos de tres testigos, los cuales deben ir anotados en un papel donde consten su nombre y apellido, número de DNI, domicilio, ocupación y clase. En caso de que la persona a inscribir no haya nacido en un Hospital, deben consignarse testigos que hayan presenciado el parto.
En cuanto a los requisitos para acceder a este beneficio se requeriá el Original y Fotocopia del Recibo de Sueldo y/o Plan Social, (que no supere los $3.000, conforme Instrucción Nº 35 de Fiscalía General), una constancia de CUIL del solicitante y un certificado negativo de ANSES (se pueden descargar en www.anses.gob.ar o se lo gestionan en las oficinas de este organismo.
Similar es, en tanto, el trámite para inscribir una defunción, en caso de que el solicitante no pueda acceder a los servicios de un abogado particular por carecer de recursos económicos.
En este caso, se debe presentar también un Certificado y declaración de Pobreza y otro de Domicilio del solicitante, que entrega la Policía Provincial.
Y junto a una fotocopia de su Documento Nacional de Identidad, el solicitante debe aportar además un Certificado de Nacimiento original o Acta de Nacimiento Legalizada del peticionante, que se tramita en el Registro Civil; lo mismo que un Certificado de Nacimiento original o Acta de Nacimiento Legalizada del fallecido.
Si el solicitante es casado legalmente, debe acercar el Certificado de Matrimonio original o Acta de Matrimonio Legalizado del solicitante (Registro Civil) o Libreta de Familia.
Finalmente, deben entregarse un Certificado Negativo de la persona fallecida (Registro Civil), los datos de dos testigos, anotados en un papel (Nombre y Apellido, número de DNI, domicilio, ocupación y Clase), el Original y Fotocopia del Recibo de Sueldo y/o Plan Social, (que no supere los $3.000, conforme Instrucción Nº 35 de Fiscalía General), y una constancia de CUIL del solicitante y un certificado negativo, ambos de la ANSES.
Tanto para el nacimiento como para defunción, a los solicitantes se les requiere que proporcionen un teléfono donde puedan ser localizados.