Lo hallaron culpable de los delitos de abuso sexual gravemente ultrajante y abuso sexual con acceso carnal calificado por el vínculo parental. Los perpetró entre septiembre de 2018 y septiembre de 2020, pero recién fue denunciado en diciembre de 2021. El Fiscal había pedido una pena incluso mayor.
Un hombre abusó de su nieta de 9 años (la denuncia se radicó cuando tenía 11 años) y fue condenado a 15 años de prisión efectiva por abuso sexual gravemente ultrajante y abuso sexual con acceso carnal calificado por el vínculo parental, en un juicio desarrollado por el Tribunal Oral Penal de Santo Tomé –hoy Tribunal de Juicio en el marco del nuevo proceso penal– y en el que el fiscal interviniente fue el titular de la Unidad Fiscal de Investigaciones Concretas (UFIC) de Ituzaingó, doctor Eugenio Balbastro.
A través de la sentencia n.°02/23, el Tribunal –integrado por los jueces María Alejandra Petrucchi, Francisco Javier Ramos y Sara Marina Durand– condenó por unanimidad al acusado, abuelo materno de la víctima. El veredicto condenatorio se dio, gracias al nuevo Código Procesal Penal, a un año y tres meses de que fueran denunciados los hechos.
Los delitos de abuso sexual gravemente ultrajante y abuso sexual con acceso carnal calificado por el vínculo parental están previstos y penados por el artículo 119 primero, segundo, tercero y cuarto párrafo inciso “b” del Código Penal, en función del artículo 55 del mismo cuerpo legal.
El último lunes, durante el juicio, se escucharon los alegatos del Ministerio Público Fiscal, representado por doctor Balbastro, quien pidió incluso mayor pena que la otorgada por el Tribunal de Juicio (solicitó 20 años de prisión), y del Ministerio Público tutelar, en este caso, la Asesora de Menores e Incapaces de Ituzaingó, doctora Claudia Esquivel, que actuó representación de los intereses de la víctima. También hizo lo propio el defensor particular del acusado, doctor Pablo Ordenavía.
Los hechos ocurrieron entre septiembre de 2018 y septiembre de 2020, es decir cuando la niña tenía entre 8 y 9 años de edad, aunque la denuncia recién se efectuó en diciembre de 2021, cuando la víctima pudo revelarle a su padre los abusos que sufría.
CONDENA POR HOMICIDIO SIMPLE
En otro caso, un hombre fue condenado a 8 años de prisión por homicidio simple también por el Tribunal de Juicio de Santo Tomé, y donde también actuó como fiscal el doctor Balbastro. Fue por un hecho perpetrado el 31 de enero de 2022 en la ciudad de Ituzaingó y la totalidad del proceso se concretó a la luz del nuevo Código Procesal Penal.
El Tribunal –conformado por los doctores María Alejandra Petrucchi, Francisco Javier Ramos y Rodrigo López Lecube– halló culpable a Ramón Marcelo Ramos y, por unanimidad, dictaron el fallo condenatorio.
El hecho ocurrió cuando Ramos bebía alcohol con un grupo de amigos, después de haber jugado fútbol. A pocos metros de allí, la víctima, de 27 años de edad, hacía lo mismo con otro grupo, hasta que se produjo un altercado entre ambos. La reyerta escaló hasta que el ahora condenado acuchilló al joven, quien murió por un paro cardiorespiratorio, momentos después.
Juró hoy ante la máxima autoridad del Ministerio Público, el fiscal general, doctor César Pedro Sotelo, el recientemente designado prosecretario en la Defensoría de Pobres y Ausentes de Gobernador Virasoro, Quinta Circunscripción Judicial, doctor Daniel De Lima. Al flamante funcionario se le tomó juramento en virtud de lo dispuesto por el punto quinto del Acuerdo […]
El ataque fue “debidamente” probado y terminó condenado por tentativa de homicidio. Se lo hizo a través de un juicio abreviado pleno que el fiscal de Ituzaingó, doctor Eugenio Balbastro, acordó con el imputado
Es la doctora Rocío Marlene Aguirre, designada prosecretaria en la UCODE de Santo Tomé. Atenderá, entre otras, cuestiones vinculadas a minoridad y familia. Lo resolvió el Fiscal General para que no se vea afectada la normal prestación del servicio de justicia.