Las Defensorías de Pobres y Ausentes N° 1 y 2, con asiento en esta Capital, informan a la comunidad los requisitos para que los justiciables accedan al beneficio de litigar sin gastos.
En este caso, aquellas personas que lo requieran deberán presentar Certificado y declaración de pobreza del solicitante y Certificado de Domicilio del solicitante, ambos otorgados por la Policía. También es obligatorio el Certificado de Nacimiento original o Acta de Nacimiento Legalizada del solicitante, que otorga el Registro Civil.
Se debe presentar además:
-Fotocopia del Documento Nacional de Identidad del solicitante
-Datos de dos testigos, anotados en un papel, donde debe constar su nombre y apellido, número de DNI, domicilio, ocupación y clase. Aquí hay que aclarar que NO deben ser parientes del solicitante.
-Original y Fotocopia del Recibo de Sueldo y/o Plan Social, que como lo estipula la Instrucción Nº 35 de Fiscalía General, no debe superar los $ 3.000.
-Constancia de CUIL del solicitante (se tramita en ANSES o se descarga por Internet en la página web de este organismo).
-Certificado negativo de ANSES
Y, por último, el solicitante debe proporcionar número de teléfono donde sea localizable.