21 febrero, 2020 -

El Ministerio Público logró histórica restitución internacional de una niña

Cada una en su rol, la Asesoría de Menores e Incapaces N° 2 y la Defensoría de Pobres y Ausentes N° 2, ambas de Corrientes, consiguieron que el Estado argentino honre Tratados Internacionales con jerarquía Constitucional. En el año 2013, una niña había sido sustraída de su hogar en Paraguay por el padre, quien la obligó a vivir ilegalmente en Argentina con personas desconocidas y fue hallada en Corrientes. A la madre, le dijeron que había muerto “enferma y desnutrida”.

La representación de los derechos de una niña extranjera por parte de la Asesoría de Menores e Incapaces N° 2 de Corrientes, y el pedido de su progenitora de que ésta le sea restituida patrocinado por la Defensoría de Pobres y Ausentes N° 2 de Corrientes, consiguieron que el Estado argentino honre Tratados Internacionales con jerarquía Constitucional, en lo que se considera un logro histórico del Ministerio Público de la Provincia de Corrientes.

La niña, quien fuera sustraída de su hogar en Paraguay en el año 2013, a manos de su padre, fue obligada a vivir ilegalmente casi seis años en Corrientes con personas desconocidas y aun cuando era requerida internacionalmente. Un intento por “regularizar” su situación inmigratoria por parte de sus ilegítimos guardadores activó las alarmas en la Asesoría de Menores N° 2, cuya titular es la doctora Mirtha Ramírez Barrios, y culminó con la restitución de la niña, ya adolescente, a su madre. 

Lo que hizo la Asesoría de Menores e Incapaces de Corrientes N° 2, al tomar conocimiento de la situación de la niña y pese a que sus supuestos guardadores decían que la menor estaba “insertada en su grupo familiar”, fue elevar de inmediato las actuaciones al Juzgado de Menores en turno –intervino el N° 1–, a la vez que solicitó diferentes medidas como una  audiencia para constatar lo manifestado por estas personas, informes socioambientales  y dar participación en el caso a las autoridades del Paraguay.

La doctora Ramírez Barrios en resguardo del interés superior de la niña, pidió notificar, vía Cancillería, al Juez de Menores de Paraguay a “efectos de que la niña cuente con la representación legal y tuitiva que le corresponde por parte de las autoridades de su país de origen”,  sin dejar de considerar que al tratarse de una menor extranjera, disponer de ella excedía la competencia de  las autoridades judiciales locales. La Asesoría de Menores e Incapaces N°2 ejerció dicha intervención hasta el mismo momento en que la menor fuera restituida y viajara con su madre de regreso a su país.   

A raíz de estas medidas, el Estado paraguayo se anotició de que la niña residía en Corrientes y reveló que era requerida internacionalmente a raíz de una denuncia de la madre apenas se consumó su sustracción por parte del padre: el 26 de marzo de 2013. Sin embargo, al ingresar de forma ilegal al país, y mantenerla oculta de las autoridades locales nunca se hubiera podido dar con ella si no fuera por el intento de nacionalizarla argentina.

En la primer audiencia de contacto que la madre y la niña mantuvieron en sede judicial,  la mujer relató que había recibido un mensaje de gente allegada que le decía que “la niña estaba por morir, ya que su padre Bernardo la habría abandonado” y luego que “la niña habría fallecido porque se encontraba enferma y desnutrida”.

En función de esas diligencias, en agosto de 2019 la madre –patrocinada por la doctora Nora Maciel, Defensora de Pobres y Ausentes N° 2 de Corrientes– solicitó la restitución internacional de la niña e invocando Tratados Internacionales como la  Convención  De los Derechos del Niño, Convenio sobre los Aspectos Civiles de la Sustracción Internacional de Menores (Ley N°23587) y Convención Interamericana sobre Restitución Internacional de Menores y Convención Interamericana sobre Tráfico Internacional de Menores, y en  Diciembre de ese mismo año, el Juzgado de Familia N° 1 (en feria) –que intervino al declarar su incompetencia el fuero de menores– hizo lugar al pedido de restitución internacional requerido por el Ministerio Público.

Entre otras medidas, esa resolución se notificó a la Policía de Corrientes, a Gendarmería Nacional, a la Dirección Nacional de Migraciones y al Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto, Fiscalía Federal para la investigación de los delitos cometidos contra la niña; también se remitió un exhorto a la Autoridad Central Paraguaya de Aplicación del Convenio de La Haya.

Además, se libró oficio a la Fiscalía Federal en turno para que investigue la posible comisión de delitos como contra la libertad como los previstos en los artículos 145 bis, 146, 147 y 149 del Código Penal Argentino.

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