Cruzó una encrucijada a 46 kilómetros por hora y embistió una moto, cuyo conductor quedó en estado vegetativo. También se lo inhabilitó por cuatro años para conducir. La condena fue a través de un juicio abreviado pleno, figura contemplada en el nuevo proceso penal.
En Goya, por medio de un juicio abreviado pleno –contemplado en el nuevo Código Procesal Penal– un hombre fue condenado a tres años de prisión efectiva y cuatro de inhabilitación para conducir por causar un gravísimo accidente al mando de su auto, con el que superó la velocidad permitida en una ciudad y embistió a un motociclista que terminó en estado vegetativo irreversible a raíz del brutal impacto, y luego se fugó del lugar del siniestro.
El juicio abreviado se logró a instancias del fiscal sustituto de la Unidad Fiscal de Investigaciones Concretas (UFIC) de esa ciudad, doctor Juan Carlos Castillo, quien acordó con el imputado –Enrique Fernando Troncoso Rosas, alias “Tronco”– y su abogado –el defensor Oficial Penal, doctor Joaquín Jorge Sebastián Romero– la pena que luego homologaría a través de la Sentencia n.° 40/23, fechada el pasado 23 de mayo, el Juez de Garantías, doctor Daria Alejandro Ortiz.
El ahora condenado fue hallado responsable, en calidad de autor material, de los delitos de lesiones gravísimas ocasionadas por la conducción imprudente de un vehículo automotor, agravada por fuga (art. 94 bis, segundo párrafo del Código Penal).
En su decisorio, el juez de Garantías tuvo que rechazar –por improcedente– una oposición formulada por la parte el querellante, que solicitó una pena inferior a la pedida por el Ministerio Público Fiscal, e incluso no había solicitado la inhabilitación, que sí pidió el doctor Castillo.
En consecuencia, el tribunal homologó el acuerdo de juicio abreviado pleno celebrado entre el fiscal y el imputado Enrique Fernando Troncoso Rosas asistido por el Defensor Oficial Penal, de acuerdo con los artículos 374, 375 y concordantes del Código Procesal Penal de la Provincia de Corrientes.
Troncoso Rosas cumplirá la pena en la Penitenciaría n.° 1 de la ciudad de Corrientes.
El accidente ocurrió el 26 de enero de este año, cuando Troncoso Rosas, a bordo de un Volkswagen Bora, atravesó la encrucijada de Agustín P. Justo y Evaristo López a una velocidad de 46,4 km/h, como mínimo, en franca violación de la Ley de Tránsito (24.449), que en su artículo 51, inc. e), establece como velocidad máxima permitida para encrucijadas urbanas sin semáforo es de 30 km/h. Y como consecuencia de su accionar imprudente, embistió con la parte frontal de su rodado el lateral derecho de la motocicleta Motomel Blitz en la que se desplazaba Fernando Isaías Oviedo Quirico, quien a raíz de las lesiones gravísimas que sufrió, sobre todo en su cabeza, quedó en estado vegetativo persistente.
Así respondió un pedido de instrucciones por parte de los fiscales que intervienen en el juicio contra el presunto líder del esquema Ponzi, que defraudó a cientos de ahorristas. En ejercicio de sus facultades, invocó razones de interés público para rechazar que prospere una reparación integral.
Ante la prensa, el jefe del Ministerio Público señaló que siempre “estará disconforme” mientras el chico no aparezca. Sobre la primera hipótesis que se investigó, dijo que ningún funcionario que actúe de buena fe podía pensar que “la mano venía cambiada” por el entorno familiar y el comisario local.
La defensa técnica del empresario, la querella y el Ministerio Público Fiscal celebraron ayer un acuerdo de juicio abreviado pleno que fue homologado hoy por el Tribunal Oral Penal n.° 2 de esta ciudad. Además, se comprometió a cumplir la pena en una cárcel común sin pedir ningún beneficio durante al menos 18 meses.