16 marzo, 2021 -

Mercedes: abusador de una niña, primer condenado en un juicio abreviado pleno

Es un proceso contemplado en el nuevo Código Procesal Penal de la Provincia, que acorta los plazos para juzgar un delito y evita cualquier posibilidad de revictimización. El imputado acuerda con el fiscal y reconoce su participación en el hecho, las pruebas en su contra, la figura legal y la pena que le cabe. El acuerdo es homologado por un juez de Garantías. En este caso la pena fue de siete años y ocho meses de cumplimiento efectivo.

En Mercedes, un hombre de 65 años que abusó sexualmente de una niña de 10 años se convirtió en el primer condenado por medio de un juicio abreviado pleno en la Tercera Circunscripción Judicial, luego que el Ministerio Público Fiscal, la Asesora de Menores y la defensa del imputado acordaran la aceptación de la participación de este en el hecho, su calificación legal y las pruebas que había en su contra, en los términos que establece el nuevo Código Procesal Penal de la Provincia (Artículo 374).

Como lo estipula el nuevo código de rito, la Unidad Fiscal de Investigaciones Concretas (UFIC), a cargo del doctor Aurelio Casarrubia impulsó el juicio abreviado y lo oficializó ante la jueza de Garantías, doctora Margarita Stella López Rivadeneira, quien homologó el acuerdo y condenó al imputado a siete años y ocho meses de prisión de cumplimiento efectivo, como autor material del abuso sexual con acceso carnal de una menor de 13 años. Intervino, como en todo proceso que involucra a niños, niñas y adolescentes, la Asesora de Menores e Incapaces de Mercedes, doctora Nazarena Acevedo. Y el defensor del imputado fue el doctor Marcos Maidana.

El juicio abreviado pleno es una figura que permite acortar los plazos en el juzgamiento de una conducta delictiva, para evitar procesos desgastantes para la víctima y, como en este caso, cualquier posibilidad de revictimización. Para formalizarlo, el fiscal tiene un plazo que va desde la imputación hasta la audiencia de control de la acusación. Debe presentarse ante al juez por escrito y debe contener la acusación con la solicitud de pena, la aceptación clara y expresa del imputado, con asistencia de su defensor, de los términos de la acusación respecto de los hechos y su participación, de la prueba en su contra en que se funda y de la tipificación penal.

Vale decir que la sentencia no puede fundarse sólo en la aceptación de los hechos por parte del acusado, sino que el peso de la prueba es de vital importancia.

El hecho acaeció el 23 de noviembre de 2020 y se denunció tres días después. Un vecino de la niña se valió de engaños y la abusó en el interior de su casa y luego de consumado el hecho, le regaló 200 pesos, lo que alertó a la hermana de la víctima y activó la respuesta del servicio de justicia.

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