26 octubre, 2015 -

Doctor Gustavo Moreno: “El Asesor de Menores debe ser proactivo en la reparación de los derechos”

El último viernes por la tarde, en el Salón Auditorio del Noveno Piso del Edificio del Poder Judicial de Corrientes –9 de Julio 1088– disertó el doctor Gustavo Moreno, Asesor Tutelar ante la Cámara Contencioso Administrativa de la Ciudad de Buenos Aires.

Invitado por la Fiscalía General, y auspiciado por ADEPRA y el Área de Capacitación del Poder Judicial, el reconocido profesional, que se cuenta entre los redactores de la nueva normativa, expuso sobre “El rol del Asesor de Menores a la luz del Nuevo Código Civil y Comercial”.

El doctor Moreno fue presentado –en la apertura de la conferencia– por la secretaria correntina de ADEPRA, la doctora Nora Maciel, quien ponderó su “extenso conocimiento de distintas realidades de todo el país” por su permanente aporte a la capacitación.

-Termina su charla con una definición fuerte: si el Derecho no le sirve al pueblo, no le sirve a nadie. ¿Cuál es el perfil del Asesor de Menores e Incapaces, a luz de los cambios que se hicieron en el Código Civil y Comercial de la Nación?

-Creo que el asesor es un instrumento de la calidad de vida de los chicos. Garantiza primero el acceso a la justicia. Que la vulneraciones del derecho que pueden ser intrafamiliares, dentro de una familia, o las que tengan que ver con la pobreza, deben ser reclamadas y nadie mejor que el asesor para hacerlo en este tipo de restablecimiento de derechos. Tanto los intrafamiliares como los derechos económicos, sociales y culturales (DESC), que tienen que ver con la incidencia colectiva muchas veces. Es el asesor el que tiene un rol principal y gracias a Dios también está en el artículo 103 (del CCyC), en la parte final, que dice que el asesor debe intervenir en DESC.

-Se refirió en varios tramos de la legitimación que tiene el Asesor de Menores ala hora de intervenir, y en ese sentido mencionó la importancia de incrementar las actividades extrajudiciales. ¿De qué se trata esa necesidad?

-Nosotros, para llevar un caso a tribunales, tenemos que investigar mucho. Esto le pasa a cualquier abogado. Tenemos que recurrir a constituir las pruebas. Esto es actividad extrajudicial. Pero también lo es lo que tiene que ver con los controles de los lugares donde están internados los chicos, con consensos que a veces se pueden hacer con el propio Poder Ejecutivo, es decir cómo una política pública puede gestionarse mejor para un colectivo de chicos. Con conseguir consensos, a veces con programas que tienen en Corrientes la COPNAF. Todo  esto es actividad extrajudicial. A veces los asesores son remisos, porque dicen ‘bueno, esto no me corresponde a mi’. Sí le corresponde. Está clarísimo que le corresponde la actividad extrajudicial, que tiene que ver con un paradigma nuevo, que tiene que ver con que ningún chico puede ser institucionalizado por cuestiones de pobreza. Entonces yo tengo que restablecer esas cuestiones con los organismos administrativos.

-Por lo que dice, con el nuevo Código, el Asesor de Menores tiene que ser una persona muy comprometida con su entorno y con la dignidad humana.

-Siempre, siempre. Es una característica, tiene que ser comprometida con los chicos y con las personas con padecimientos mentales. Estamos hablando de dos grupos extremadamente vulnerables. Uno, por el grado de inmadurez que tienen muchas veces los chicos, sobre todos los más chicos. Otros porque ya los adolescentes requieren en ocasiones intervenciones para garantizar el ejercicio de sus propios derechos y otras por personas con padecimientos mentales, que muchas veces no tienen discernimiento para tomar decisiones por sí. Entonces justamente, un grado de protección, y cuando hablo de protección no hablo de paternalismo sino de protección de derechos, para restablecerlos.

-¿Entonces el Asesor es un funcionario que viene a reparar muchos derechos vulnerados?

-Es un funcionario que debe ser proactivo en la reparación de los derechos. No debe esperar que el caso le llegue a la Asesoría, sino que debe interiorizarse claramente en la comunidad. Hay una cosa que tiene bien la ley de Ministerio Público de la Provincia de Corrientes, que es el Decreto Ley 21/00, que habla de los consensos que tienen que lograr los asesores con los órganos administrativos. Esta participación es muy rica para llevar adelante, le digo a los asesores de Corrientes. No solamente lo que dice el nuevo Código Civil sino la propia Ley Orgánica del Ministerio Público. Después que lo hagan o no, ya es una cuestión de cada funcionario.

-A propósito de la búsqueda de consensos con los organismos de protección. ¿Esto le puede significar a un asesor entrar en conflictos políticos?

-Evidentemente, mucho se ha criticado a algunos asesores. Diciendo ‘el asesor está haciendo política’. Porque a veces los funcionarios del Ejecutivo sienten que se está descalificando la gestión pública o marcándole dónde no cumplen. Y en realidad nosotros hacemos política, pero la política de la Constitución, la política de los Tratados de Derechos Humanos, la del Código Civil. Lo que reclama un asesor no tiene que ver con el color partidario de un organismo gubernamental. Tiene que ver con los estándares mínimos que marcan los Tratados de Derechos Humanos: comer todos los días, tener vivienda, tener salud, tener acceso a la educación. Que haya hospitales y escuelas seguros, y la verdad que los funcionarios del poder Ejecutivo no se deben quejar tanto, sino es como matar al mensajero. No dicen ‘la escuela está bien, el hospital está bien’. Dicen ‘el asesor no me lo puede reclamar’”.