Para iniciar un trámite o juicio a los fines de obtener un régimen de visita, aquellas personas carecientes de recursos pueden hacerlo con el patrocinio de las Defensorías de Pobres y Ausentes de esta capital, previo cumplimiento de ciertos requisitos.
En primer lugar, debe entregarse un Certificado y declaración jurada de Pobreza del solicitante, lo mismo que un certificado de Domicilio, que son emitidos por la Policía de la Provincia.
Además, se debe gestionar en el Registro Provincial de las Personas, para adjuntar al expediente, un Certificado de Nacimiento original o Acta de Nacimiento Legalizada del menor. En este mismo organismo hay que solicitar un Certificado de Matrimonio original o Acta de Matrimonio Legalizado o Libreta de Familia del solicitante, para el caso de que fuese casado.
Y en la Jefatura de Policía, es necesario obtener un certificado de Buena Conducta del solicitante.
Por otro lado, el solicitante debe aportar los datos de dos testigos, anotados en un papel (nombre y apellido, número de DNI, domicilio, ocupación y clase); los datos de la Contraparte (nombre y apellido, número de DNI, domicilio exacto y ocupación), y acompañarlos de una fotocopia de su Documento Nacional de Identidad.
Asimismo, una constancia de denuncia y/o Exposición Policial.
Con el objeto de dejar probada la carencia de recursos, se debe entregar a las Defensorías el original y fotocopia del Recibo de Sueldo y/o Plan Social del solicitante, que no pueden superar los $3 mil, una constancia de CUIL del solicitante y un certificado negativo de ANSES.
Finalmente, aportar un número de teléfono donde sea ubicado el solicitante.