Organización
(current)
Delegaciones
Organigrama
Jurisdicciones
Poder Judicial
(current)
Misión
Visión
Autoridades
Reseña
Normativas
(current)
Constitución
Leyes
Reglamento
Protocolos
Códigos
Información útil
(current)
Guía Telefónica de Autoridades
Enlaces de Interés
Jurisdicciones Policiales
Juzgados en Turno
Gestión de Calidad
Días Inhábiles - Año 2025
Arapy - Asistente Virtual
Acuerdos
Consejo de la Magistratura
(current)
Jurado de Enjuiciamiento
(current)
Ministerio Público
(current)
Junta Electoral
(current)
Organismos
(current)
SECRETARIA ADMINISTRATIVA
MESA RECEPTORA INFORMATIZADA DE EXPEDIENTES - FUEROS CIVIL Y COMERCIAL, LABORAL Y CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
ÁREA DE RECUPERO Y CONTROL DE TASA DE JUSTICIA
ESTADÍSTICA Y REGISTROS DE JUICIOS UNIVERSALES Y ACCIONES COLECTIVAS
DEPÓSITO DE ELEMENTOS SECUESTRADOS
DIRECCIONES
SERVICIO ADMINISTRATIVO FINANCIERO (Ex D.G.A.)
DIRECCIÓN GENERAL DE ARCHIVO
DIRECCIÓN DE ARQUITECTURA Y MANTENIMIENTO
DIRECCIÓN DE MANDAMIENTOS Y NOTIFICACIONES
DIRECCIÓN DE CEREMONIAL, PRENSA Y RELACIONES INSTITUCIONALES
DIRECCIÓN GENERAL DE INFORMÁTICA
DIRECCIÓN DE RECURSOS HUMANOS
ÁREA DE CAPACITACIÓN
CENTRO JUDICIAL DE MEDIACIÓN
ÁREA DE JURISPRUDENCIA Y BIBLIOTECA CENTRAL
INSTITUTO MEDICO FORENSE
INSPECTORÍA DE JUSTICIA DE PAZ
Organismos
Buscar
Buscar
INICIO
/
Notificaciones
/
Notificaciones Juzgados de Paz y Juzgados de Paz transformados en Juzgados Civil, Comercial, Familia, Menores y de Paz
Notificaciones
Notificaciones Juzgados de Paz y Juzgados de Paz transformados en Juzgados Civil, Comercial, Familia, Menores y de Paz
Aceptación de Condiciones
Por favor, lea completamente los acuerdos para la consulta remota de expedientes judiciales.
A C U E R D O N U M E R O C A T O R C E. En Corrientes, a los dos días del mes de junio del año dos mil dieciséis, siendo las ocho horas, estando reunidos y constituidos en Tribunal, en la Sala de Acuerdos del Superior Tribunal de Justicia de la Provincia, el señor Presidente Dr. GUILLERMO HORACIO SEMHAN, los señores Ministros, Dres. EDUARDO GILBERTO PANSERI, FERNANDO AUGUSTO NIZ, ALEJANDRO ALBERTO CHAIN, LUIS EDUARDO REY VAZQUEZ y el señor Fiscal General Dr. CESAR PEDRO SOTELO, asistidos del Secretario Administrativo, Dr. GUILLERMO ALEJANDRO CASARO LODOLI, tomaron en consideración los siguientes asuntos y, A C O R D A R O N [...] DECIMO TERCERO: Visto: El Expte. E-1998-2016; en el que la Inspectoría de Justicia de Paz, solicita se autorice la implementación del sistema SIGIAX IURIX para los Juzgados de Paz, a fin de registrar las distintas actuaciones en los procesos que se tramitan ante la justicia de paz, lo que permitirá también la publicación de las listas de notificaciones. Que, la Dirección de informática señala que el sistema funciona correctamente, luego de una etapa de prueba y que se capacitó a los Jueces, Funcionarios y empleados de la Justicia de Paz. Por todo ello; oído el Sr. Fiscal General; SE RESUELVE: 1) Autorizar el uso del sistema SIGIAX IURIX, para la gestión de los expedientes de la Justicia de Paz, a partir del día 13 de junio del corriente año. 2) Disponer que la implementación del sistema se realice en etapas, de manera gradual, en coordinación entre la Inspectoría de Justicia de Paz y la Dirección de Informática del Poder Judicial, de acuerdo a las disponibilidades presupuestarias y posibilidades materiales de cada localidad, con comunicación al Ministro Supervisor de la Justicia de Paz y la Presidencia del Tribunal, sobre los avances, etapas y resultados de su implantación. 3) Disponer la publicación del Instructivo del sistema SIGIAX IURIX para la Justicia de Paz, para obtener y enviar las listas de notificaciones, que como Anexo II forma parte del presente Acuerdo. [...] VIGESIMO: Comunicar lo resuelto por Secretaría y darlo a publicidad. No habiendo otros asuntos a consideración, se dio por terminado el presente Acuerdo, firmándose, previa lectura y ratificación, ante mí, Secretario Autorizante, que doy fe.
A C U E R D O N U M E R O V E I N T I C I N C O. En Corrientes, a los veintiocho días del mes de agosto del año dos mil diecisiete, siendo las ocho horas, estando reunidos y constituidos en Tribunal, en la Sala de Acuerdos del Superior Tribunal de Justicia de la Provincia, el señor Presidente Dr. GUILLERMO HORACIO SEMHAN, los señores Ministros, Dres. LUIS EDUARDO REY VAZQUEZ, FERNANDO AUGUSTO NIZ, ALEJANDRO ALBERTO CHAIN, EDUARDO GILBERTO PANSERI y el señor Fiscal General, Dr. CESAR PEDRO SOTELO, asistidos del Secretario Administrativo, Dr. GUILLERMO ALEJANDRO CASARO LODOLI, tomaron en consideración los siguientes asuntos y, A C O R D A R O N [...] DECIMO QUINTO: Visto: Que por Ley N° 6400 se dispuso la transformación de los actuales Juzgados de Paz de Empedrado (art. 1°) y San Roque (art. 3°) en Juzgados con competencia en lo Civil, Comercial, Laboral, Familia y Menores, con las atribuciones dispuestas en la ley N° 5907. Y Considerando: Que, las distancias entre los órganos jurisdiccionales, conforme al diseño actual, constituye muchas veces un obstáculo porque impide que se planteen los juicios ante los Tribunales del lugar donde se produjo el hecho o situación de conflicto, provocando en el afectado una sensación de desprotección del sistema por vulneración de sus derechos, con una carga de insatisfacción, frustración e inseguridad jurídica. Que, en ese marco y en virtud de que, constituye política prioritaria de este Superior Tribunal de Justicia, siguiendo los lineamientos del Máximo Tribunal del País, todo lo concerniente a “Acceso a Justicia”, con el claro objetivo de mejorar la implementación y difusión de los métodos alternativos de resolución de controversias, como así también, de generar nuevos modos de acceso a justicia que le permitan al ciudadano resolver sus problemas, habida cuenta de que la ley citada en el Visto, fue dictada con el objetivo principal de asegurar a las personas de las localidades comprendidas, el derecho a una tutela judicial efectiva, este Tribunal considera oportuno y conveniente, disponer progresivamente y de acuerdo a las posibilidades presupuestarias, la implementación de lo dispuesto por la Ley N° 6400, comenzando por los Juzgados de San Roque y Empedrado, a excepción de la competencia laboral, que quedará supeditada a una etapa posterior, a fin de dotar de una secretaría especializada en la materia. Por todo ello, atribuciones Constitucionales y Legales (ver artículo 8 de la Ley 6400) y oído el Señor Fiscal General; SE RESUELVE: 1°) Disponer que los actuales Juzgados de Paz de Empedrado y San Roque, asuman la competencia material dispuesta por ley N° 6400, a excepción de la competencia laboral que quedará supeditada a una posterior etapa y en consecuencia: A) Transformar el Juzgado de Paz de Empedrado, en Juzgado Civil, Comercial, Familia, Menores y de Paz, a partir del 1° de octubre de 2017, debiendo prestar juramento de ley, -el día 29 de septiembre del corriente año, a las 8 horas-, ante el Superior Tribunal de Justicia, el Dr. Sergio Fabián Olejnik. B) Transformar el Juzgado de Paz de San Roque, en Juzgado Civil, Comercial, Familia, Menores y de Paz, a partir del 1° de octubre de 2017, debiendo prestar juramento de ley, -el día 29 de septiembre del corriente año, a las 8 horas-, ante el Superior Tribunal de Justicia, el Dr. Sergio Daniel Curatola. 2°) Ordenar la reubicación presupuestaria, a partir del 1° de Octubre de 2017, del Dr. Sergio Fabián OLEJNIK y Dr. Sergio Daniel CURATOLA en la (Clase 106). 3°) Ordenar la reubicación presupuestaria en la (Clase 128), a partir del 1° de octubre de 2017, del Secretario del Juzgado de Paz de Empedrado, Dr. Víctor Samuel BARRIOS, quién deberá prestar juramento de ley ante el Superior Tribunal de Justicia. 4°) Ordenar la reubicación presupuestaria en la (Clase 128), a partir del 1° de octubre de 2017, de la Secretaria del Juzgado de Paz de San Roque, Dra. Seyla Jesica BENGOCHEA SPAGNOLO, quién deberá prestar juramento de ley ante el Superior Tribunal de Justicia. 5°) Autorizar a los Señores Jueces, a proponer la designación de 1 (un) Prosecretario de Juzgado para las competencias legales asignadas (Clase 128) y 3 (tres) Escribientes (Clase 307), para reforzar su actual dotación de personal, como así también, a realizar todas las actividades de gestión y medidas internas indispensables para la efectiva implementación de lo dispuesto en el presente. 6°) Subrogación y órgano de Apelación del Juzgado de primera instancia de Empedrado: a) En las causas Civiles, Comerciales, Familia y Menores, subrogará en primer término el Juzgado Civil y Comercial de Saladas y en segundo término, el Juzgado Civil, Comercial, Familia, Menores y de Paz de San Roque. b) En los asuntos de la Justicia de Paz (Ley N° 5907), se seguirá con la Subrogación prevista para los Juzgados de Paz. Actuará como órgano de Apelación del Juzgado de primera instancia de Empedrado, en las materias: Civil, Comercial, Familia, Menores y de la Ley 5907, la Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial de la primera circunscripción judicial. 7°) Subrogación y órgano de Apelación del Juzgado de primera instancia de San Roque: a) En las causas Civiles, Comerciales, Familia y Menores, subrogará en primer término el Juzgado Civil y Comercial de Saladas y en segundo término, el Juzgado Civil, Comercial, Familia, Menores y de Paz de Empedrado. b) En los asuntos de la Justicia de Paz (Ley N° 5907), se seguirá con la Subrogación prevista para los Juzgados de Paz. Actuará como órgano de Apelación del Juzgado de primera instancia de San Roque, en las materias: Civil, Comercial, Familia, Menores y de la Ley 5907, la Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial y Laboral de la segunda circunscripción judicial, con sede en la ciudad de Goya. [...] DECIMO NOVENO: Comunicar lo resuelto por Secretaría y darlo a publicidad. No habiendo otros asuntos a consideración, se dio por terminado el presente Acuerdo, firmándose, previa lectura y ratificación, ante mí, Secretario Autorizante, que doy fe. Fdo. DR. GUILLERMO HORACIO SEMHAN (Presidente), los Dres. LUIS EDUARDO REY VAZQUEZ, FERNANDO AUGUSTO NIZ, ALEJANDRO ALBERTO CHAIN, EDUARDO GILBERTO PANSERI (Ministros) y el Dr. CESAR PEDRO SOTELO (Fiscal General). Ante mí, DR. GUILLERMO ALEJANDRO CASARO LODOLI, Secretario Administrativo.
A C U E R D O N U M E R O V E I N T I S I E T E. En Corrientes, a los doce días del mes de septiembre del año dos mil diecisiete, siendo las ocho horas, estando reunidos y constituidos en Tribunal, en la Sala de Acuerdos del Superior Tribunal de Justicia de la Provincia, el señor Presidente Dr. GUILLERMO HORACIO SEMHAN, los señores Ministros, Dres. LUIS EDUARDO REY VAZQUEZ, FERNANDO AUGUSTO NIZ, ALEJANDRO ALBERTO CHAIN, EDUARDO GILBERTO PANSERI y el señor Fiscal General, Dr. CESAR PEDRO SOTELO, asistidos del Secretario Administrativo, Dr. GUILLERMO ALEJANDRO CASARO LODOLI, tomaron en consideración los siguientes asuntos y, A C O R D A R O N [...] DECIMO TERCERO: Visto: Lo establecido en el punto 15° del Acuerdo N° 25/17, respecto de la transformación de los Juzgados de Paz de Empedrado y San Roque, en Juzgados Civil, Comercial, Familia, Menores y de Paz, a partir del 1° de octubre del corriente año. Y Considerando: Que, resulta indispensable establecer precisiones y aclaraciones sobre el funcionamiento de los mencionados Tribunales, en cuanto a las competencias, procedimientos, materias, organización, apoyo de los Cuerpos técnicos, administrativos y Forenses, como así también, sobre las particularidades que significará la puesta en funcionamiento de los mencionados Tribunales conforme lo dispuesto por Ley 6400. Por todo ello y oído el Señor Fiscal General; SE RESUELVE: 1) Disponer que los Juzgados Civil, Comercial, Familia, Menores y de Paz de Empedrado y San Roque, asumirán sus nuevas competencias, a partir del 1° de octubre del corriente año, por lo que serán competentes –en cada una de las materias que se les ha conferido- en las causas que se promuevan desde la fecha de su transformación. 2) Aclarar en cuanto a la competencia de Menores que, no incluye las cuestiones de menores en conflicto con la ley penal, debiendo entender los Tribunales transformados, en los asuntos de Menores (competencia Civil). 3) Establecer que, todos los procesos civiles y comerciales que se promuevan ante los Juzgados Civil, Comercial, Familia, Menores y de Paz de Empedrado y San Roque, a partir del 1° de octubre de 2017, se tramitarán por el código de rito local y de conformidad a las normativas legales y reglamentarias de una causa civil y comercial ante un Tribunal de primera instancia, sin importar su monto, no siendo aplicable lo dispuesto en el artículo 7 de la Ley 5907, a excepción de las causas residuales que fueran iniciadas, en ambos Tribunales, antes del 1° de octubre del corriente año, que seguirán con el trámite y legislación aplicables al momento de su promoción. 4) Aclarar que las cuestiones vinculadas a la competencia de justicia de paz, no controvertida o no contenciosa, como ser, informaciones sumarias para acreditar uniones convivenciales y desvinculaciones, acuerdos de delegación de la responsabilidad parental, de alimentos, cuidado personal y régimen de contacto con los hijos menores de edad, entre otros, se seguirán tramitando de conformidad a las disposiciones de la ley 5907. 5) Aclarar que los Tribunales Transformados, en los asuntos de la Justicia de Paz, actuarán coordinadamente con la Inspectoría de Justicia de Paz, a fin de implementar, ejecutar todas las políticas y lineamientos fijados por el Superior Tribunal de Justicia, a través de la Secretaría con competencia en la materia. 6) Aclarar que, la Secretaría con competencia en Justicia de Paz, Subrogará en primer término al Señor Juez, conforme al orden de Subrogación previsto en la reglamentación vigente, solamente en los asuntos señalados en el apartado 4° del presente y en las actividades relacionadas con el Programa de Facilitadores Judiciales. 7) Disponer que las Delegaciones de los Cuerpos de Psicología, Trabajadores Sociales Forense y de la Oficina de Mandamientos y Notificaciones de la localidad de Saladas, realicen el apoyo necesario, a ambos Tribunales, para el cumplimiento de las distintas medidas que se dicten en el trámite de los procesos, vinculados con las competencias específicas de cada uno de los Cuerpos Técnicos-Profesionales y Administrativos. A tal efecto, los titulares de cada una de las áreas en coordinación con los Señores Jueces de Empedrado y San Roque, adoptaran todas las medidas indispensables para garantizar el correcto funcionamiento del servicio. 8) Solicitar a la Fiscalía General, dicte los actos necesarios para la actuación de los órganos del Ministerio Público frente a las actividades de los Juzgados Civil, Comercial, Familia, Menores y de Paz de Empedrado y San Roque, a partir de su transformación. [...] VIGESIMO QUINTO: Comunicar lo resuelto por Secretaría y darlo a publicidad. No habiendo otros asuntos a consideración, se dio por terminado el presente Acuerdo, firmándose, previa lectura y ratificación, ante mí, Secretario Autorizante, que doy fe.
A C U E R D O N U M E R O T R E I N T A Y T R E S. En Corrientes, a los diecinueve días del mes de noviembre del año dos mil diecinueve, siendo las ocho horas, estando reunidos y constituidos en Tribunal, en la Sala de Acuerdos del Superior Tribunal de Justicia de la Provincia, el señor Presidente Dr. LUIS EDUARDO REY VAZQUEZ, los señores Ministros, Dres. EDUARDO GILBERTO PANSERI, FERNANDO AUGUSTO NIZ, GUILLERMO HORACIO SEMHAN, ALEJANDRO ALBERTO CHAIN y el señor Fiscal General, Dr. CESAR PEDRO SOTELO, asistidos del Secretario Administrativo Dr. GUILLERMO ALEJANDRO CASARO LODOLI, tomaron en consideración los siguientes asuntos y, A C O R D A R O N [...] DECIMO CUARTO: Visto: Que, por Ley 6403, se dispuso la creación del Juzgado de Paz en la localidad de Gobernador Juan E. Martínez. Y Considerando: El Decreto del Poder Ejecutivo Provincial N° 2806 de fecha 21 de noviembre de 2017, por el cual se designó en el cargo de Juez de Paz de Gobernador Martínez, correspondiente a la segunda Circunscripción Judicial, a la Dra. Claudia Lorena LAGO, M.I. N° 28.203.677 y teniendo presente que este Tribunal, en el punto 16° del Acuerdo N° 26/2019, autorizó al Señor Presidente a firmar con el Intendente de Gobernador Martínez, un Contrato de Comodato, por el uso de un local con acceso directo desde la calle Isidora M. de Lopez, en el Edificio Municipal ubicado en la Manzana N° 013 del Municipio de Gobernador Martínez, con destino a la implementación del juzgado. Por ello y oído el Sr. Fiscal General; SE RESUELVE: 1) Disponer que la Dra. Claudia Lorena LAGO, M.I. N° 28.203.677, preste juramento de ley por ante este Superior Tribunal de Justicia el día 25 de noviembre del corriente año, a las 8 horas. 2) Autorizar a la Señora Juez, a realizar todas las actividades de gestión y medidas internas necesarias tendientes a la designación de 1 (un) Escribiente (Clase 307) y las indispensables para la puesta en marcha de su Tribunal. 3) Establecer que el día 2 de diciembre de 2019, se constituirá y comenzará a funcionar el Juzgado de Paz de Gobernador Martínez, en el edificio Municipal sito en calle Isidora M. de López s/n entre calle Belgrano y Avda. San Martín, para atender los asuntos de su competencia que, se inicien a partir de esa fecha, de conformidad a la ley de su creación y a la Ley de Organización y Competencia de la Justicia de Paz de la Provincia de Corrientes N° 5907 [...] VIGESIMO: Comunicar lo resuelto por Secretaría y darlo a publicidad. No habiendo otros asuntos a consideración, se dio por terminado el presente Acuerdo, firmándose, previa lectura y ratificación, ante mí, Secretario Autorizante, que doy fe. Fdo. DR. LUIS EDUARDO REY VAZQUEZ (Presidente), los Dres. EDUARDO GILBERTO PANSERI, FERNANDO AUGUSTO NIZ, GUILLERMO HORACIO SEMHAN, ALEJANDRO ALBERTO CHAIN, (Ministros) y el Dr. CESAR PEDRO SOTELO (Fiscal General). Ante mí, DR. GUILLERMO ALEJANDRO CASARO LODOLI, Secretario Administrativo. ES COPIA
Acepto las condiciones