20 marzo, 2017 -

DGA: documentación a presentar por personal femenino

La DGA informa que se ha modificado el apartado d) referido a la actualización de datos del personal femenino.

El texto definitivo que debe ser tenido en cuenta por el personal femenino que percibe salario familiar -con excepción de madres solteras, viudas o progenitoras con sentencia de los menores bajo exclusivo cargo- es el siguiente.

a.las personas que trabajan en relación de dependencia estatal (nacional, provincial o municipal) deberán presentar un certificado laboral expedido por dicha institución, que no cobra salario.

b.las personas que trabajan en el ámbito privado deberán presentar un certificado laboral expedida por la patronal, que no cobra salario.

c.los monotributistas deberán presentar un certificado negativo de anses. en caso que no lo pudiera obtener, deberá concurrir al ANSES y solicitar un informe de ese organismo que no percibe salario familiar.

d.el personal femenino que no perciba cuota de alimento deberá presentar sentencia judicial que así lo fije

 La falta de lo solicitado ocasionará la baja del salario correspondiente.