El Superior Tribunal de Justicia rechazó un Recurso de Apelación del Partido “Movimiento Provincias Unidas” de Santo Tomé al considerar que la documentación presentada era incompleta.
Ante la Justicia Electoral, los apoderados admitieron que parte de la documentación que se les reclamaba como faltante se había traspapelado en otro expediente. Lo justificaron alegando acumulación de tareas y pretendieron que ese Juzgado reparara el error, ya que si la documentación se encontraba dentro de la dependencia, éste debiera haberle dado fecha cierta.
Al respecto, la Corte Provncial sostuvo que "no se puede adjudicar una fecha determinada en escritos sin cargo ni referencia", que el cúmulo de tareas del presentante no es excusa para la presentación tardía, y que deberían hacerlo de la manera y tiempo establecidos en la ley. Asi, se ratificó lo dispuesto por la justicia electoral que dio por caída la nómina de candidatos y por desistida la participación del “Movimiento Provincias Unidas” en el proceso eleccionario para esa localidad.