Imagen representativa
17 diciembre, 2020 - JUZGADO DE FAMILIA Nº 3

Acuerdan cuidados compartidos, cuota alimentaria y cese de confrontación pública

En un caso que tomó estado público, en el que un padre promovió una causa por cuidado personal de su hijo de 2 años, y la madre promovió a su vez una causa por violencia familiar, el Juzgado de Familia Nº3 logró un acuerdo entre ambos. El mismo incluye cuidado compartido durante el período de las fiestas y una cuota alimentaria. También pone cese a denuncias policiales y ataques públicos, en resguardo de la integridad del niño.

La doctora Nora Infante, titular del Juzgado de Familia Nº 3, logró un acuerdo en la causa “G. J. c/ A. M. s/ Cuidado Personal”, que alcanzó estado público días atrás.

El acuerdo- que ya ha sido homologado- fue el resultado de una nueva audiencia realizada el 15 de diciembre con la presencia de los padres, la Asesoría de Menores e Incapaces Nº 4 y una psicóloga que observó la relación vincular entre el niño y los progenitores.

El mismo establece un cuidado compartido indistinto, el cual tendrá vigencia hasta el 4 de enero próximo, oportunidad en que los padres volverán a mantener un encuentro con la doctora Infante.

Acuerdo

El convenio al que arribaron los progentores establece con quien pasará el niño cada fiesta de fin de año (hasta el 25 por la tarde estará con su madre, y luego hasta el 4 de enero por la tarde con su padre).

Acordaron también una cuota alimentaria, a traves de la apertura de cuentas que ya fueron ordenadas abrir, y se dio plazo hasta el 31 de diciembre al papá para que deposite el dinero.

También se comprometieron a poner fin a dencucias en el ámbito policial y coincidieron en que de existir nuevos planteos, éstos serían efectuados en el Juzgado.

Convinieron en evitar ataques públicos o privados –ya sea a través de la familia extensa o de terceros con interés afectivo- que impliquen afectación de su intimidad o la del niño, de modo de contribuir a su buen cuidado y de ejercer correctamente los roles parentales

Finalmente, pactaron desbloquear los teléfonos celulares para mantener contacto via WhatssApp acerca de los cuidados del hijo.

El término “secuestro”, que fue utilizado en algunas declaraciones, no tiene sustento legal ni figura en el expediente. 

Antecedentes de la causa

Los padres viven uno muy cerca del otro, y el papá, al encontrar a su hijo sin control adulto en la vereda, lo retiró, lo llevó a su casa y formuló la denuncia ante la Comisaría N° 12. El 21 de agosto promovió una causa por cuidado parental.

El expediente ingresó a Mesa Receptora Informatizada de Expedientes, y en el sorteo el Juzgado que fue designado fue Familia Nº 3.

A su vez la mamá, formuló una denuncia por violencia familiar, y la doctora María Mercedes Sosa, quien estaba al frente del Juzgado de Familia Nº 3 por subrogación, dictó una orden de restricción para el padre.

No fue sino hasta el 25 de septiembre que el abogado del padre acercó pruebas documentales (capturas de mensajes de WhatsApp con la madre, fotografías donde se observa al pequeño de dos años con un hematoma de dimensiones importantes en la zona abdominal, además de las exposiciones y denuncias policiales). Solicitó el cuidado personal del niño y acompañó un convenio de alimentos celebrado con la madre, con firmas certificadas de ambos ante escribano público.

En fecha 29 de septiembre se dicta la primera resolución de la jueza: se tuvo por promovido el proceso de cuidado personal, se dio trámite de proceso sumarisimo y se remitió el expediente al Centro Judicial de Mediación.

La audiencia se realizó el 25 de noviembre: ambos padres se presentaron, e intervino la Asesoría de Menores e Incapaces N° 4. No llegaron a un acuerdo y se dio por finalizado el proceso de mediación, una instancia obligatoria en la provincia de Corrientes.

En tanto, el 26 de noviembre la madre se presentó en el Juzgado de Familia Nº 3 y pidió ver el expediente con el patronicinio de la doctora Mena. Y el 30 de noviembre, con esa abogada solicitó la restitución de su hijo.

El 1º de diciembre, y estando con licencia la doctora Infante; su subrogante, la doctora Mercedes Sosa,  ordenó el traslado de la demanda de cuidado personal y también el pedido de restitución de la madre. Y ordenó también la producción de pruebas: informe pericial social en el domicilio de ambos progenitores y entrevista psicológica para los dos.

El 2 de diciembre la madre volvió a presentarse ante del Juzgado, esa vez con un nuevo patrocionio: la Defensora Oficial Nora Maciel y solicitó ver el expediente.

El 3 de diciembre la doctora Mena maniestó en el Juzgado que deseaba deslindar toda responsabilidad frente a la exposición pública que alcanzó el caso, la cual–sostuvo- originó la propia madre del niño. Indicó que “no compartía la idea de la mediatización de los hechos, no aconsejó a la madre que concurriera a los medios masivos” y consideró que “la única vía adecuada era la judicial”. Y se apartó de la causa.

El 9 de diciembre la madre se presentó ante el Juzgado con nuevo patrocinio letrado, el de la doctora Peralta Gomez, quien reiteró el pedido de restitución del niño. Se respondió ese mismo día que aclarara de quien era el patrocinio letrado y además se le hizo saber que debería esperar los resultados de las pruebas ordenadas.

El 10 de diciembre la abogada de la madre amplió su contestación acompañando estudios médicos del niño. Ese mismo día se solicitó al Cuerpo de Psicología se adelantara el turno de las pericias psicológicas para ambos padres.  

La psicóloga interviniente informó a la magistrada que el viernes 11 a las 14.30 mediante video llamada la profesional entrevistó al padre. Y el lunes 14 a las 7 de la mañana hizo lo propio con la madre.

El 14 de diciembre la madre se presentó con un nuevo patrocinio, el de la doctora Ayala y el doctor Arregin, aunque el escrito lo suscribió únicamente la primera.

La madre fue escuchada por la jueza

Por otra parte, la madre fue recibida en 3 oportunidades, es decir, cada vez que pidió entrevistarse con la magistrada a cargo del Juzgado. Esas entrevistas tuvieron lugar el  4 de diciembre con la doctora Mercedes Sosa (juez subrogante), quien le explicó la situación y la necesidad de cumplir con las pruebas ordenadas. En forma posterior, la titular doctora Nora Infante se reunió con ella los días 10 y 11 de diciembre.

Le puede interesar
19 marzo, 2025
MERCEDES

El Tribunal de Revisión no admitió recusación de la defensa en la medida cautelar por la ocupación del predio Cruz Gil en una causa de usurpación

El Tribunal de Revisión de Mercedes compuesto por los doctores Carlos Antonio Martínez, Enrique Eduardo Deniri y Jorge Alberto Esper no admitió la recusación presentada por la defensa de los 7 imputados ejercida por el doctor Pablo Andrés Fleitas. La audiencia pasó a un cuarto intermedio hasta que el Superior Tribunal ratifique o rectifique lo decidido. El viernes 14 de marzo, la Juez de Garantías, doctora Simy Beatriz Benasayag, resolvió hacer lugar a la medida cautelar y ordenó a desocupación del inmueble que era ocupado por los imputados y es propiedad del Estado.

19 marzo, 2025
JORNADA DE INTERCAMBIO

El STJ  firmará un acuerdo de colaboración con el Ministerio Público Tutelar de CABA

En el marco de una jornada de intercambio de experiencias, el Poder Judicial de Corrientes firmará un Acuerdo de Colaboración con el Ministerio Público Tutelar de la Ciudad de Buenos Aires. La actividad se llevará a cabo el viernes 11 de abril a las 9:30 horas, en el Salón Auditorio de la sede judicial ubicada en 9 de Julio 1099, piso 9, en la ciudad de Corrientes.

19 marzo, 2025
MERCEDES: LA DENUNCIA FUE REALIZADA POR LA ESCUELA

Un Padre y una tía fueron declarados responsables penalmente de maltratar a una niña

Este martes, el Tribunal de Juicio en su integración plena de los doctores Jorge Alberto Troncoso, Juan Manuel Ignacio Muschietti y Ramón Alberto Ríos, declaró la responsabilidad penal del padre acusado por abuso sexual con acceso carnal y de la tía de la niña acusada de reducción a servidumbre. Mañana comenzará la audiencia que determinará la pena que se les impone. La obligaban a comer en el suelo comida fría, a bañarse con agua fría aun en invierno, la levantaban a las 3 de la mañana para que caliente agua, haga las tareas de la casa, busque leña y cuide personas.