30 septiembre, 2009 - MONTO NO REMUNERATIVO

Adicional de $300 sujeto a transferencia de partidas

El Superior Tribunal de Justicia dispuso el pago por única vez para todo el personal del Poder Judicial de un adicional de $300. El monto será abonado al momento en que el Ejecutivo transfiera las partidas presupuestarias correspondientes, lo cual se espera se produzca a la brevedad.

La Corte Provincial resolvió en acuerdo extraordinario N° 6 abonar por única vez a los 1929 agentes que conforman la planta de personal del Poder Judicial (incluidos los contratados con locación de servicios) un adicional no remunerativo y no bonificable de $ 300. Tampoco el monto será parte integrante de la base de cálculo de ningún concepto remunerativo y/o no remunerativo.

El adicional está sujeto a la transferencia del crédito presupuestario necesario para hacer frente a esa erogación en la partida correspondiente que deberá efectuar el Poder Ejecutivo, que con fecha 22 de septiembre dispuso el pago por única vez de esa suma para toda la plantilla de personal del Estado Provincial.

El pago está condicionado al envío de fondos puesto que la Dirección General de Administración informó que no obstante existir saldo disponible a la fecha, el crédito presupuestario proyectado al cierre del ejercicio para atender a esa erogación resulta insuficiente.