Por disposición del Superior Tribunal de Justicia se amplió la competencia territorial del Juzgado de Paz N° 1 a los barrios Villa Chiquita, Güemes, 17 de Agosto, Ciudades Correntinas y Pirayuí.
Según explicaron los Ministros del STJ, la decisión obedece a continuar fortaleciendo el acceso a la justicia en las áreas comunales y brindar a la sociedad un mejor servicio, sobre todo en los conflictos que surgen en las relaciones vecinales.
En relación a la recepción de las causas, aclararon los integrantes del Alto Cuerpo que -a elección del profesional o de la parte- podrán efectuarse indistintamente tanto en la sede del Juzgado o en la Mesa Única Receptora de Expedientes, y en forma posterior la Inspectoría General y de Control Interno, las remitirá diariamente al Juzgado de Paz.
Competencia material de los Juzgados de Paz
En el Acuerdo N° 30/13, y ante la necesidad de actualizar los valores fijados por la ley, se dispuso la modificación de la competencia material de los Juzgados de Paz de la provincia. De ese modo, desde el 1° de noviembre próximo los jueces de paz pasarán a entender en los asuntos civiles y comerciales cuyo valor cuestionado no supere la suma de $10.000.
También deberán entender en las demandas de desalojo por ocupaciones precarias, no emergentes de contratos de locación, cuando la Valuación Fiscal del inmueble no exceda de la suma de $25.000 y en las demandas de desalojo relativas a locaciones, cuando la suma de alquileres adeudados no supere los $10.000. En los procesos universales, testamentarios o ab intestato, lo harán cuando el valor del acervo hereditario no supere la suma de $25.000 y en cuestiones municipales entenderá en los juicios de apremio hasta los $10.000.