Del encuentro de la Justicia de Paz participaron desde el Salón de Acuerdos del STJ, la doctora María Luisa Aróstegui, Inspectora Subrogante de Justicia de Paz junto al equipo de Implementación y Seguimiento del Nuevo Código Procesal Civil y Comercial, conformado por los doctores Mirta Graciela Allende, María Andrea Ferreira y Edgar Parras. Vía online lo hicieron la Dra. María Eugenia Sierra de Desimoni, Presidente de la Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial junto a los demás magistrados, funcionarios y personal de la Justicia de Paz.
La doctora Sierra de Desimoni, profundizó la diferencia entre firma digital y firma electrónica, en el marco del proceso de digitalización del Poder Judicial.
También indicó que ese proceso implica en muchas ocasiones trabajar con expedientes híbridos: una parte ha sido digitalizada y otra permanece en papel- pero también sostuvo que esta situación se da en muchos Poderes Judiciales y la provincia no es una excepción.
A las diferentes consultas efectuadas por los magistrados, se fueron dando respuestas, algunas de modo inmediato y otras quedan supeditadas al desarrollo en la aplicación del Régimen de Gestión Electrónica.
Las principales ventajas del nuevo Código Procesal Civil y Comercial, Ley N° 6556, radican en la protección de los derechos de grupos en condición de vulnerabilidad por su edad, género, estado físico o mental, o por circunstancias sociales, económicas, étnicas o culturales; el rol protagónico de las personas que necesitan y demandan el servicio de justicia; la continuidad de las audiencias orales; el contacto entre el juez y las personas; el uso obligatorio del lenguaje claro y sencillo; y los procesos judiciales sujetos a plazos razonables. También el fortalecimiento de los métodos alternativos de resolución de conflictos, más publicidad de la información y presentación de escritos electrónicos.