19 marzo, 2008 - CONSEJO DE LA MAGISTRATURA Y JURY DE ENJUICIAMIENTO

Aprueban con modificaciones reglamento para selección de Magistrados

El Máximo Tribunal de la provincia aprobó con pequeñas modificaciones el Reglamento elaborado con motivo del acto eleccionario para la selección de un Magistrado o integrante del Ministerio Público para desempeñarse como miembro del Consejo de la Magistratura y de un Juez para conformar el Jurado de Enjuiciamiento.

Los artículos revisados por el Superior Tribunal de Justicia son los relacionados a la inclusión de los Jueces de Paz en el padrón de electores; la eliminación del voto por poder; el funcionamiento de mesas receptoras de sufragios en al menos cada ciudad de cabecera de circunscripción y la ampliación a cinco días la publicación de los padrones provisorios.

 

Estas modificaciones se inscriben en la necesidad de reglamentar y poner en funcionamiento dos órganos –el Consejo de la Magistratura y el Jurado de Enjuiciamiento- que luego de la reforma de la Carta Magna provincial del año 2007, poseen rango constitucional.

 

Justamente, el presente reglamento –redactado por la entidad que nuclea a la magistratura- busca normar la selección del magistrado o integrante del Ministerio Público que se desempeñará como miembro del Consejo de la Magistratura, y del Juez que conformará el Jurado de Enjuiciamiento, quienes deben ser elegidos por votación directa de sus pares.

 

Dado que se había facultado al Colegio de Magistrados y Funcionarios a la elaboración de este Reglamento, el STJ tiene la potestad de revisar lo actuado por el órgano delegatario.

 

Otras modificaciones dispuestas en el punto 22 del Acuerdo 6/08 son: la exhibición de los padrones en la página Web del Poder Judicial y la previsión de la designación de un Fiscal por cada lista. Con relación a los postulantes a ocupar cargos, se exceptúa a los miembros del Superior Tribunal de Justicia –por tener éste representación propia-, el Fiscal General, el Fiscal Adjunto y los Jueces de Paz sin título de abogado.