18 diciembre, 2013 - RUACtes

Aprueban nuevo Reglamento del Registro de Aspirantes a Adopción

El Superior Tribunal de Justicia aprobó el nuevo Reglamento y dispuso que ya no se recibirán legajos de aspirantes a adopción que no pertenezcan a la provincia de Corrientes.

El Proyecto de Reglamento del Registro propuesto por la Subdirectora de Informática, doctora María Verónica Miguez, fue analizado por todos los integrantes del Ministerio Público con competencia en guarda y adopción, cuyas sugerencias fueron receptadas.
Así, tras la aprobación del mismo por Acuerdo N° 40/13 el el Superior Tribunal de Justicia, como autoridad de aplicación local, dictó normas sobre al funcionamiento del Registro.

Entre esas normas se encuentra la necesidad de adaptar el reglamento vigente a nuevas pautas que la misma ley Nacional N° 25.854 fija, como así también los Formularios que se remiten al Registro de Corrientes, en adelante y para diferenciarse de los del resto del país, RUACtes.

Este Registro, que funciona en la Dirección General de Informática, no se expedía explícitamente acerca de las inscripciones anteriores a la puesta en funcionamiento del Registro, vacío que la Corte Provincial se vio en la obligación de cubrir, por cuestiones de orden y seguridad jurídica.

Se dispuso así que los legajos recibidos vigentes no caducos de cada una de las jurisdicciones sean clasificados por localidad (a la que pertenecen los pretensos adoptantes) procediéndose en cada caso de la siguiente manera: los correspondientes a la provincia de Corrientes, presentados con anterioridad al 26/03/13, serán registrados en la Base de datos de la Red, conforme el procedimiento establecido, respetándose la fecha de inscripción.

En el caso de los legajos correspondientes a otras jurisdicciones adheridas a la Ley 25.854, el RUACtes remitirá los datos a la Dirección Nacional del Registro Único de Adoptantes (DNRUA) para que se verifiquen su inscripción en la provincia a que pertenecen los pretensos adoptantes. Si no se encuentran inscriptos, se tomará contacto por los medios posibles a efectos de comunicarle que deberán inscribirse en su lugar de residencia y que se darán de baja los legajos en el plazo de 30 días. Si ya se encuentran inscriptos, serán dados automáticamente de baja.

A los postulantes cuyos legajos pertenezcan a jurisdicciones que no han adherido a la DNRUA se les notificará la vigencia y alcances de la Ley 5167 y 25854; y se les solicitará que en el plazo de 30 días “manifiesten su voluntad de permanecer inscriptos en forma personal o por nota, bajo apercibimiento de dar la baja”. Por último, ya no se recibirán legajos de aspirantes a adopción que no pertenezcan a la provincia de Corrientes.