2 junio, 2008 - CONSEJO DE LA MAGISTRATURA Y JURADO DE ENJUICIAMIENTO

Aprueban padrón definitivo para elecciones

El Tribunal Electoral del Colegio de Magistrados aprobó el padrón definitivo de electores para las elecciones del Consejo de la Magistratura y el Jurado de Enjuiciamiento.

Tras la publicación de las Listas Provisionales y la presentación de eventuales reclamos, este lunes se conoce el padrón definitivo de los electores para los comicios del próximo 5 de julio donde se elegirán representantes para integrar el Consejo de la Magistratura y el Jurado de Enjuiciamiento.

Estas instituciones son las encargadas de la selección de candidatos a ingresar a la magistratura y el Ministerio Público, de juzgarlos y removerlos, en caso de comprobarse su mal desempeño en el cargo.

En el acto eleccionario los electores elegirán un magistrado o integrante del Ministerio Público (titular y suplente) para desempeñarse como miembro del Consejo de la Magistratura y un juez (titular y suplente) para conformar el Jurado de Enjuiciamiento, de acuerdo a los artículos 194 y 198 de la Constitución de la Provincia de Corrientes.

El Superior Tribunal de Justicia delegó en el Colegio de Magistrados y Funcionarios del Poder Judicial la confección del reglamento eleccionario y el cronograma de los comicios, que continúa del siguiente modo:

*13 de junio: Presentación de listas ante el Tribunal Electoral del Colegio de Magistrados y Funcionarios. Estas deben llevar un nombre identificatorio y consignar los datos de los postulados para cada cargo, acompañadas de siete firmas que las avalen.

*16 al 20 de junio: Publicación de las listas.

*23 de junio: Oficialización de listas.

*25 y 26 de junio: Impresión de listas y boletas.

* 30 de junio: Designación de los lugares de votación y autoridades de mesa.

Están habilitados a votar los asociados y no asociados al Colegio de Magistrados, como así también los Jueces de Paz.  

Integrantes del Consejo de la Magistratura y el Jurado de Enjuiciamiento

El Consejo de la Magistratura tiene la función seleccionar postulantes para ocupar cargos de magistrados y funcionarios en el Ministerio Público (artículo 194).

Sus miembros son: el Presidente del Superior Tribunal de Justicia, el Fiscal de Estado, un magistrado o integrante del Ministerio Público elegido por votación directa de sus pares; un abogado que posea las mismas condiciones requeridas para ser miembro del STJ, elegido por votación directa de sus pares; y un profesor titular por concurso de la Facultad de Derecho de la UNNE, también elegido por votación directa de sus pares.

El Jurado de Enjuiciamiento es la institución que tiene a su cargo el juicio político a todos los jueces e integrantes del Ministerio Público –a excepción de los miembros del STJ, del Fiscal General, del Defensor General y del Asesor General (artículo 197)-.

Se integra con un miembro del STJ; un juez elegido por votación directa de sus pares; un abogado que posea las mismas condiciones requeridas para ser miembro del STJ, elegido por votación directa de sus pares; un profesor titular por concurso de la Facultad de Derecho de la UNNE, también elegido por votación directa de sus pares; y dos diputados de distintos partidos políticos o alianzas y un senador, elegidos por la Cámara respectiva por mayoría absoluta de sus miembros.

 

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