30 octubre, 2019 - CONCEPCION

Taller: Que se entiende por Menores en Riesgo y quienes están obligados a denunciar

Se realizó en las instalaciones del Juzgado de Paz un taller sobre esta temática en el marco del Programa de Capacitación de Facilitadores Judiciales. El objetivo es que los auxiliares de Justicia apliquen los conocimientos en los ámbitos donde se desempeñan.

En el marco del Programa de Capacitación para Facilitadores Judiciales que se realiza en toda la provincia, se concretó un taller en las instalaciones del Juzgado de Paz de Concepción sobre “Menores en Riesgo” del que también participaron empleados de esa dependencia.

La charla, a cargo del Juez de Paz, doctor Aldo Horacio Rodríguez, se inició con una explicación general sobre el tema y un posterior análisis y comprensión de la problemática.

El objetivo de la instrucción es que los Facilitadores Judiciales apliquen los conocimientos en los ámbitos donde se desempeñan.

Conceptos generales

En la primer etapa del taller se indagó  sobre “que se entiende por menor en riesgo”, “hasta que edad se considera menor”, “quienes están obligado a denunciar cuando toman conocimiento de un supuesto menor en riesgo”, “si la justicia de paz puede abordar ésta problemática” y “con que herramienta cuenta el juzgado de paz para intervenir”.

Luego se realizó una reseña de cuáles son los objetivos que debe perseguir con el desarrollo de este tema (guiar, evitar la dispersión y burocratización, fomentar la aplicación coordinada de los protocolos de actuación, reducir y/o evitar la victimización, agilizar la derivación al juez competente, garantizar los derechos fundamentales de las niñas, niños y adolescentes, etc). 

En una segunda etapa se trató el sujeto normativo, es decir, determinar que se entiende por “niño, niña y adolescente”, que se entiende por “riesgo” , teniendo en cuenta la Constitución Nacional, la Convención sobre los Derechos del Niño, la Ley 23.849/90, la Ley 26061, el Código Civil, la Constitución Provincial, etc. Se determinó además cuáles son los derechos reconocidos por las normativas mencionadas (a la vida, a la dignidad, a la integridad personal, a la vida privada e intimidad familiar, a la identidad, a la documentación, a la salud, a al a educación, a la libertad, al deporte y juego recreativo, al medio ambiente, a la dignidad, a opinar y ser oído,  a la seguridad social, etc,.). 

En una tercer etapa se trató “los sujetos obligados a denunciar, intervenir o poner en conocimiento” cada situación de Vulneración de los derechos del niño, niña o adolescente; en este sentido los representantes legales (progenitores, tutor, curador, ministerio público,) los funcionarios y empleados públicos, (miembros de los establecimientos educativos y de salud, de seguridad, agentes y funcionarios públicos, los propios niños niñas o adolescentes,) etc.

Para cerrar se abordó la intervención de la Justicia, determinando la competencia penal, de menores, familia y la intervención de la Justicia de Paz en el marco de la Ley 5097. En este último caso se realizó un detenido análisis del “Protocolo de Actuación de la Justicia de Paz en casos de Menores en Riesgo”. 

Se remarcó que es necesario que cada facilitador Judicial conozca y entienda la importancia de que llegue a conocimiento del juzgado la situación de un presunto menor en riesgo para adoptar las medidas pertinentes.

Al finalizar se entregó a cada facilitador material referente al tema tratado en el día, a fin de que puedan consultarlo en momento oportuno.

Asistieron los Facilitadores Judiciales Luis Ricardo Rojas Miranda, Ana Chamorro, Gloria Ruiz Dïaz e Isabel Rolón además de personal del Juzgado de Paz.

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