21 septiembre, 2021 - SANTO TOME - ALVEAR

Concretan audiencia virtual en un proceso de restricción de la capacidad

Para garantizar la inmediatez de las personas que participan en un juicio, el Juzgado Civil Comercial y Laboral de Santo Tome trabajó de modo articulado con el Juzgado de Paz de Alvear, donde reside un joven cuya restricción de capacidad está en análisis.

La doctora Gabriela Borgo a cargo del Juzgado Civil Comercial y Laboral de Santo Tomé, junto al doctor Mateo Maydana, Juez de Paz de Alvear coincidieron en evitar el traslado de un muchacho de 25 años que debía tomar contacto con la magistrada en el marco de una causa por restricción a la capacidad.

El joven vive en Alvear y el traslado suponía no sólo un costo económico sino también el esfuerzo de desplazarse junto a un familiar.

Con la idea de remover los obstáculos que impidieran cumplir con el artículo 35 del Código Civil y Comercial que es la entrevista personal entre el juez del proceso y el interesado, tanto Borgo como Maydana acordaron una audiencia virtual a través de Cisco Webex.

De la misma participó también la representante de la Asesoría de Menores e Incapaces.

Estas acciones, que se han vuelto habituales en la actividad judicial sobre todo en el marco de la pandemia por COVID-19, deben ser visibilizadas porque permiten hacer saber a la comunidad que los magistrados ponen empeño en asegurar la accesibilidad de las personas involucradas, sobre todo si son vulnerables.

El Código Civil y Comercial de la Nación, vigente desde el 2015, advierte que la restricción a la capacidad o la declaración de la incapacidad de la persona surge de una decisión judicial que ya no es “extrema, fatal y absoluta”, sino que admite  ser regulada, medida o ajustada de acuerdo a la gravedad.

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