Por unanimidad, el Tribunal Oral Penal de Goya condenó este miércoles a prisión perpetua a Omar Ramón Castañeda, por la muerte de su ex pareja Sandra Bordón, ocurrido el 21 de enero del año 2019.
Integrado por Jorge A. Carbone y Jose Luis Acosta, y bajo la presidencia de Julio Angel Duarte, se realizó este miércoles en el Tribunal Oral Penal de Goya el juicio oral contra Omar Ramón Castañeda.
El requerimiento de elevación a juicio describió que el entre las 01:00 y las 03:00 horas del 21 de enero de 2019, en una habitación del domicilio familiar el procesado Castañeda mató a su ex pareja Sandra Romina Bordón, asestándole al menos dos mazazos, uno en el cráneo y otro en la región cervical, los que provocaron su deceso.
En los alegatos, el Fiscal del Tribunal, doctor Guillermo Barry consideró debidamente acreditado el hecho, la participación del imputado, la calificación legal por la que vino requerido y los elementos objetivos y subjetivos del tipo penal.
Solicitó que se condenara al procesado por la comisión del delito de “Homicidio doblemente agravado por la relación de pareja y condición femenina del sujeto pasivo” (art. 80, incs. 1º y 11º del CP), a la pena de prisión perpetua.
La defensa, representada por el doctor Jose Luis Aguirre, pidió la absolución de su defendido por insuficiencia de pruebas (art. 4° del C.P.P.); y en forma subsidiaria requirió el sobreseimiento por inimputabilidad (art. 34 inc. 1° del C.P.), por entender que el mismo ese dia actuó en un estado de inconciencia.
Promediando el mediodía, el Tribunal, por Sentencia N° 20/20 y por unanimidad, resolvió declarar a Castañeda autor responsable del delito imputado, y lo condenó a prision perpetua que cumplirá en la cárcel penitenciaria de la ciudad de Corrientes.
El Tribunal dispuso además oficiar al Juzgado de Familia de Goya para dar cumplimiento a la Ley 27. 452, conocida como Ley Brisa, o de “Régimen de Reparación Económica para las Niñas, Niños y Adolescentes”.
Los fundamentos de la sentencia se leerán el día 4 de marzo de 2020 a las 12 hs.
Es de destacar que el hecho ocurrió en enero de 2019, con una duración de la etapa instructoria de 7 meses, y el expediente se elevó al Tribunal en agosto del año 2019. La sentencia se dictó a los 6 meses.
El máximo Tribunal -integrado con Jueces Subrogantes- consideró que el ataque mortal en las condiciones en que fue cometido por Raúl Escalante, en el marco de una relación desigual de poder, y entre otras razones para evitar ser descubierto, resultaba suficiente para configurar el homicidio calificado por mediar violencia de género, sin que fuera necesario demostrar otros hechos de violencia física previos al homicidio.
La Corte Provincial –con diferente integración- rechazó el recurso de casación presentado por la defensa de Raúl Escalante y confirmó la pena de prisión perpetua dispuesta por el TOP N°1. El femicidio Tamara Zalazar ocurrió el 12 de enero de 2016.
El Tribunal Oral Penal N° 2 dio a conocer los fundamentos por los cuales condenó a prisión perpetua a Aldo Guari por el delito de homicidio calificado por el vínculo y por mediar violencia de género. La víctima, su ex pareja, era Ines Pianalto.