El titular de la dependencia, Martín José Vega, informó que los estudios de ADN realizados entre los familiares de Marcia Aparecida de Macedo, desaparecida en enero del 2018, coincidían con los restos hallados en una zona ribereña de Curuzú Cuatiá.
Marcia Aparecida de Macedo era oriunda del Estado de Sao Paulo, República Federativa de Brasil, y hacía varios años se había radicado en la localidad de Curuzú Cuatiá, junto a su esposo Walter Adrián Segundo.
En enero del año 2.018 Marcia desapareció de su residencia y sus actividad laborales y sociales. A partir de la noticia sobre su ausencia el Juez de Instrucción y Correccional de Curuzú Cuatiá, doctor Martín José Vega, inició un trabajo de indagación.
Se hallaron restos humanos presumiblemente femeninos, en las orillas de un arroyo en avanzado estado de deterioro y que habían sido sometidos a la acción del fuego, por lo que se dificultaba su identificación.
El doctor Vega explicó que ello era clave para confirmar las sospechas que pesaban sobre el marido de Marcia, sospechas asentadas en el itinerario del hombre durante los momentos previos a la desaparición de la víctima, el traslado de bolsos hacia el arroyo, y la existencia de signos de haber incinerado cosas en su domicilio.
El magistrado dispuso la realización de estudio comparativo de ADN entre las muestras encontradas y algunas que debían ser tomadas de familiares de Marcia, en un trabajo conjunto con la Dirección de Apoyo Jurídico Penal de la Cancillería Argentina y las autoridades brasileñas, efectuándose las extracciones de muestras a los familiares que residen en el vecino país.
Luego se encomendó a la Subdirección de Genética Forense de la Dirección General de Criminalística de Gendarmería Nacional una pericia que se inició a fines del mes de febrero en el laboratorio de esa dependencia ubicado en el Edificio Centinela de la ciudad de Buenos Aires.
El 3 de abril pasado el Juzgado recibió los resultados periciales y se constató que los restos hallados pertenecen a Marcia Aparecida de Macedo.
El máximo Tribunal -integrado con Jueces Subrogantes- consideró que el ataque mortal en las condiciones en que fue cometido por Raúl Escalante, en el marco de una relación desigual de poder, y entre otras razones para evitar ser descubierto, resultaba suficiente para configurar el homicidio calificado por mediar violencia de género, sin que fuera necesario demostrar otros hechos de violencia física previos al homicidio.
La Corte Provincial –con diferente integración- rechazó el recurso de casación presentado por la defensa de Raúl Escalante y confirmó la pena de prisión perpetua dispuesta por el TOP N°1. El femicidio Tamara Zalazar ocurrió el 12 de enero de 2016.
El Tribunal Oral Penal N° 2 dio a conocer los fundamentos por los cuales condenó a prisión perpetua a Aldo Guari por el delito de homicidio calificado por el vínculo y por mediar violencia de género. La víctima, su ex pareja, era Ines Pianalto.