La Corte Provincial creó la Oficina de Atención a la Víctima y a la Ciudadanía con el objetivo de regular la atención a las víctimas, facilitarles el acceso a los servicios que presta el Poder Judicial y organismos extrajudiciales; colaborar en la tramitación de sus solicitudes de informes y reclamos dentro del ámbito judicial.
La decisión se enmarca en la política del Alto Tribunal de atender lo concerniente al acceso a la justicia, implementando acciones que contribuyan a dar respuesta a los sectores más vulnerables de la sociedad. También tuvo en cuenta las 100 Reglas de Brasilia de la “XIV Cumbre Judicial Iberoamericana sobre efectivo Acceso a la Justicia para la Defensa de los Derechos”, y el Convenio de Cooperación suscripto con la Corte Suprema de Justicia de la Nación.
La finalidad de esta Oficina –que dependerá del Superior Tribunal de Justicia- es regular la tarea de atención a las víctimas, y facilitarles de ese modo el acceso a los servicios que presta el Poder Judicial y demás organismos extrajudiciales dentro de la provincia.
Los funcionarios y el personal administrativo deberán satisfacer la tramitación de las solicitudes del público, dándoles respuesta certeras en la medida de sus conocimientos e indicándole los pasos a seguir en la realización de trámites, informes, quejas, reclamos y sugerencias, siempre que éstos sean dentro del ámbito judicial.
La tramitación de las solicitudes de las víctimas y la ciudadanía en general deberá asumir una perspectiva de servicio eficaz de información y asesoramiento al ciudadano; y respeto, comprensión, protección y ayuda al ciudadano víctima. Siempre que sea viable, el proceso descrito se desarrollará mediante la utilización de medios informáticos que permitan una mayor agilidad en la tramitación del mismo.
Las respuestas escritas ofrecidas por la dependencia deberán encauzarse en un plazo máximo de 3 días hábiles del ingreso de la solicitud. En el caso de que la solicitud de informe sea realizada verbalmente o por medios informáticos, se responderá inmediatamente si ello fuera posible.
En el caso de las personas que hayan sido víctima de un hecho y que se encuentren es situación de urgencia, deberán ser derivadas de inmediato a la autoridad competente.
La Oficina efectuará el control y el seguimiento del trámite solicitado ante la dependencia a la que se derivó la consulta, hasta que se haya evacuado la información solicitada o haya intervenido el organismo correspondiente, dejando constancia de las gestiones realizadas.