El STJ resolvió una contienda negativa entre dos jueces en una causa en la que ambos se declaraban incompetentes. El caso giraba en torno a un cabo de policía que reclamaba a una ART ser indemnizado por incapacidad como resultado de un accidente de trabajo. Finalmente deberá entender el Juzgado Laboral.
La causa se inició ante el Juzgado Laboral N°2, cuyo titular entendió que la parte demandante, un cabo de Policía, en su calidad de empleado público poseía una relación de derecho público con el Estado y por tanto, la cuestión debía ser resuelta en el marco del fuero Contencioso Administrativo.
Por su parte, la titular del Juzgado en lo Contencioso Administrativo se opuso señalando que el objeto de reclamo era de naturaleza laboral: indemnización pecuniaria por supuesta incapacidad parcial y permanente sobreviniente de trabajo in itínere. El empleador, afirmó la magistrada, transfirió la prevención de los riesgos y la reparación de los daños derivados del trabajo a empresas como Prevención ART, por lo que no surgían normas que determinaran la competencia de ese fuero.
Los ministros Carlos Rubín, Guillermo Horacio Semhan y Alejandro Alberto Chain sostuvieron que el objetivo de la demanda era el efectivo otorgamiento por parte de la ART de las prestaciones del sistema previsto en la ley 24557, de Riesgos de Trabajo. En el contrato de afiliación entre el Estado y la ART, se libera al primero de brindar las prestaciones del sistema, siendo la segunda la responsable directa de ese cumplimiento. Evaluaron que el litigio versaba sobre actividades particulares regidas por normas laborales y de seguridad social, y a consecuencia de ello, el que debía entender era el Juzgado Laboral.