El Juzgado de Instrucción Nº1 de Goya denegó la eximición de prisión a Cristian Andrés Casco, imputado por el delito de lesiones graves mediando violencia de género contra su pareja.
La dependencia a cargo del doctor Lucio López Lecube fundó su decisión en la improcedencia del pedido de la eximición de prisión solicitó el imputado por derecho propio y con patrocinio letrado.
“…(…) delitos como lesiones graves con los aditamentos calificantes de relación de pareja preexistente y violencia de género (Arts. 9o y 80, incs. 1 y 11 CP) constituyen un argumento indeclinable para denegar el beneficio” indicó el magistrado.
Y ello es así porque existen “vehementes indicios de que el imputado tratará de eludir la acción de la justicia o entorpecer la investigación del delito” (Art. 315, inc. 1° CPP). Lo cual se sostiene con los siguientes hechos: desde el 2 de marzo pasado Casco se ha obstinado a la comparecencia a derecho, no ha hecho más que pugnar por eludir la acción de la justicia (pese a impartirse orden de captura y ser buscado intensamente por las autoridades policiales, los resultados son desalentadores).
El hombre “ha venido sustrayéndose a la investigación y pretende hacerla fracasar. El correr del tiempo conspira contra la eficiencia de la administración, no contra sus intereses por más comprensibles que puedan ser desde el punto de vista ‘humano” añadió el juez.
“(…) en una época donde las comunicaciones prácticamente nos avasallan, donde la intimidad pierde cada vez más su bendito lugar y, de una u otra manera, ‘todo se sabe’ (Teléfonos, redes sociales, etc., etc., etc.) se quiera o no, el abogado Casco no está en posición creíble para alegar ninguna dosis de desconocimiento sobre los requerimientos al respecto. Actúa en las antípodas de ello, escondiéndose hábilmente y dando margen a deducir que lo seguirá haciendo hasta tanto logre lo que aquí no se le concede”.
Por otra parte y para finalizar, el doctor López Lecube aseguró que “debe contemplarse también para denegar el beneficio de la eximición de prisión la precaria situación de la mujer víctima y su delicado estado de salud”.
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El STJ revocó una resolución de la Cámara de Apelaciones Criminal de Capital que declaró nulo el procesamiento de un hombre por lesiones leves a su pareja embarazada. La Cámara consideró que el Ministerio Público Fiscal debió justificar su intervención ya que se trataba de un delito de instancia privada. Para el Fiscal -al tratarse de violencia de género- su participación era válida porque mediaron razones de seguridad e interés público.
El 94% de las víctimas fueron mujeres. En todos los rangos de edades predominó la violencia verbal y los denunciados en su mayoría fueron ex parejas.
El Juzgado Correccional de N°3 de Goya absolvió al imputado en una causa por lesiones leves en el marco de violencia de género. El STJ hizo lugar a un recurso presentado por la Fiscalía y ordenó que el expediente vuelva a origen para dictar un nuevo pronunciamiento. El hombre deberá someterse a un tratamiento médico para tratar su adicción.