En un fallo con perspectiva de género, el doctor Darío Ortiz ordenó la detención y prisión efectiva de 6 meses en la Unidad Penal N°1 de Capital local para un hombre que tenía condenas previas y volvió a poner en peligro la vida su ex pareja y su hija, con una nueva desobediencia judicial.
En el marco del anterior Código Procesal Penal el doctor Darío Ortíz, en su calidad de Juez de Instrucción N°3 y Correccional (hoy de Garantias) condenó a un hombre a la pena de seis meses de prisión de cumplimiento efectivo por ser autor material penalmente responsable de la comisión del delito de desobediencia (art. 239 del CP), pena que cumplirá en la Unidad Penitenciaria Nº1 de la ciudad la Capital.
En la misma resolución lo declaró reincidente y como medida de seguridad ordenó su detención inmediata en la misma sala de debate, y alojarlo en la comisaria primera de Goya, hasta su traslado, por considerar que existen riesgos para la ex pareja y la hija por el constante hostigamiento a las que las somete.
Impuso además el cumplimiento de un tratamiento psicológico en el lugar de detención, a fin de morigerar conductas impulsivas y/o violentas en contexto de relaciones de pareja y familiares, por el tiempo que dure la condena o el que el profesional tratante considere necesario, debiendo acreditar periódicamente su cumplimiento con la correspondiente constancia.
Las víctimas denunciaron reiteradas situaciones de hostigamiento y violencia padecidas al terminar su relación con el imputado, a quien se consideran una persona hostil y agresiva. La medida dispuesta por el doctor Ortiz tiene su fundamento en los antecedentes penales del hombre, que tuvo un accionar de dolo o engaño.
Se trata, informó el magistrado, de una nueva declaración de reincidencia, ya que tenía condena previa (Sentencia N° 28, del 05/11/2014 a dos años de prisión, pena confirmada por Sentencia N° 7 del Superior Tribunal, en fecha 26/02/2016) y otra del 22/05/2017 (Sentencia N° 79 Romero a un año de prisión efectiva). Siempre teniendo como víctima a las mismas personas.
Un joven logró acceder a su identidad luego de años de un proceso filial iniciado por su madre–ya fallecida- en el cual el padre se resistió sistemáticamente a los exámenes de ADN y negó el vínculo con la mujer. La inasistencia a la última prueba activó con toda la fuerza legal el indicio grave. La Cámara de Apelaciones de Goya dispuso que se lo inscribiera como hijo del demandado en el Registro Provincial de las Personas.
Con perspectiva de género, tomando en cuenta la asimetría existente en la relación y la desigualdad de oportunidades, las vocales de Sala I rechazaron una demanda de desalojo por considerarla “vía improcedente” para resolver el conflicto entre dos cuñadas.
La doctora Silvina Racigh, jueza de Familia, Niñez y Adolescencia N°1 de Goya, consideró “radicalmente positivos” los cambios en el modo de pensar y actuar de un joven al que le impuso la pena de 3 años de prisión en suspenso y cumple además reglas de conducta. Se cumple el objetivo de resocializar y reinsertarlo a la sociedad, sostuvo.