La doctora María José Nicolini de Franco rescató la nueva normativa, vigente desde el mes de diciembre de 2010, la cual –entre otros puntos- propicia la no institucionalización del paciente y obliga a los magistrados a revisar las sentencias de interdicción cada tres años.
“Esta nueva ley -vigente desde fines del año pasado- de algún modo salda la deuda que el Estado Provincial tenía para con la sociedad, en virtud de la omisión en la que incurrió el Poder Legislativo, que durante muchos años no cumplió con lo normado en
La doctora Nicolini destacó la participación del paciente en la toma de decisiones relacionadas con su tratamiento y la idea de no institucionalizarlo a menos que sea imprescindible. “Los sujetos ya no son declarados capaces o incapaces sino que hay una capacidad graduada que apunta a fortalecer los derechos y voluntad del paciente”.
El juez se ve sometido a un doble control con esta ley: el control de constitucionalidad y el de convencionalidad, sostuvo. Amparándose en un equipo interdisciplinario, el magistrado debe hacer cumplir la norma que ya está operativa, y que tiende a rescatar a un sector vulnerable de la sociedad.