31 octubre, 2019 - LA CAUSA COMENZÓ EN EL 2011

Dictan la primera sentencia Contencioso Administrativa en el marco de la Oralidad en Santo Tomé

La demanda fue presentada por el Estado Provincial contra un particular reclamando el pago de  20.096 dólares. En mayo se adecuó el proceso al Protocolo de Oralidad y en octubre se resolvió la causa.

La doctora María Dionisia Zovak, Jueza Civil, Comercial, Menores y Familia y Contencioso Administrativo de Santo Tomé dictó su primera sentencia Contencioso Administrativa en el marco del Proceso de Oralidad aprobado el 30 de abril, por Acuerdo N°11/2019, Punto 14°.

En ese Acuerdo se estableció el Protocolo de Oralidad Efectiva en los Procesos Civiles, Comerciales, Laborales y Contencioso Administrativo que comenzó a regir en todos los procesos de conocimiento que se abrieron a prueba con posterioridad al primero de junio de 2019, fecha en que se levantó por decisión del STJ la suspensión del art. 360.

La magistrada resolvió no hacer lugar a la prescripción pretendida por la parte demandada y obligó a pagar al Estado de la Provincia de Corrientes la suma de 304.921 pesos.

Todo ello, en concepto de que el Estado de la Provincia de Corrientes, abonó la suma de 20.096 dólares el 19 de Diciembre de 2003 al Banco de la Nación Argentina ante la falta de pago del particular de un préstamo que dicha institución bancaria le brindó en enero de 2001.

Duración razonable del proceso

Si bien las actuaciones se iniciaron en el 2011, en mayo de 2019 se adecuó el proceso por la aplicación del Protocolo de Oralidad y se fijó audiencia preliminar para el 11 de junio.

En la audiencia, y considerando que lo sucedido no estaba cuestionado, ya que la parte demandada reconoció tanto los hechos como los documentos, la doctora Zovak declaró la inadmisibilidad de las pruebas que faltaban producir.

En forma posterior se les brindó el plazo de diez días a las partes para alegar sobre sus derechos y se dictó sentencia para definir la cuestión.

 

De esta manera, en un plazo muy breve desde mayo a octubre se dirimió la cuestión, cumpliendo con uno de los objetivos de la oralidad que es reducir la demora en los juicios.