Con la audiencia de mesura de pena, el Tribunal de Juicio de Paso de los Libres dictó este viernes su primera sentencia. En una causa por hurto agravado por escalamiento, se impuso a un hombre un año de prisión en suspenso, se le ordenó concurrir a un centro para tratar sus adicciones y deberá retomar los estudios secundarios. La causa se inició el 12 de noviembre pasado.
El Tribunal de Juicio de Paso de los Libres dictó hoy su primera sentencia bajo el nuevo Código Procesal Penal y condenó a un hombre a un año de prisión en suspenso.
Además, ordenó su envío al Centro de Integración Taragüi para el tratamiento de sus adicciones y también retomar los estudios secundarios en el estado en que los había dejado.
En la audiencia de mesura de pena llevada a cabo este mediodía, se informó al condenado la pena que le correspondía tras ser declarado el martes 9 culpable y responsable penal del delito de hurto agravado por escalamiento en grado de tentativa (arts. 163, inc. 4 y 42 del Código Penal).
El tipo de delito por el que se lo juzgó permite en el nuevo Código Procesal Penal que la magistratura sea ejercida por un solo juez.
El doctor Gustavo Ifran, quien integra de modo unipersonal el Tribunal de Juicio para este caso, señaló estar frente a un “hecho histórico”, y se mostró conforme con los plazos establecidos por la nueva norma: el hecho tuvo lugar el 12 de noviembre del 2020 y la sentencia fue dictada 3 meses después.
Los fundamentos de este fallo serán serán dados a conocer dentro del plazo de 5 días hábiles, cumpliendo las normativas.
Audiencias de debate
El lunes 8 a las 15 horas el doctor Ifrán procedió a la apertura del debate, se presentaron los alegatos de apertura y declararon los 4 testigos.
El martes 9 a la misma hora declararon 2 testigos más y se produjeron los alegatos de cierre, para luego dictarse el veredicto.
Tras escuchar las testimoniales, el doctor Ifran se retiró para analizar los hechos. Tras un cuarto intermedio, el hombre fue hallado penalmente responsable del hecho ocurrido el 12 de noviembre, cuando fue atrapado en el intento de cometer el delito (flagrancia) y así se le hizo saber.
Se recuerda que con el nuevo Código Procesal Penal el magistrado no tiene conocimiento de la causa de modo previo como sucedía con el anterior Código: se anoticia del caso al momento de que ingresa a la sala de debate.
El juez destacó el lenguaje que se emplea para dar a conocer el veredicto: “es coloquial, llano, sin tecnicismos…la persona debe comprender los hechos que se juzgaron y la decisión a la que se arribó”.
El Fiscal que intervino es el doctor Facundo Alfredo Sotelo y la Defensa Oficial fue ejercida por la doctora María Susana Ferreyra.
El 27 de febrero pasado un hombre violó una orden de restricción de acercamiento a su ex pareja en San Luis del Palmar. A menos de dos meses de cometido el delito, la causa fue elevada a juicio oral por la jueza de Garantías doctora Graciela Ferreyra, convirtiéndose así en el primer caso de Capital que logra una resolución tan expedita.
Las estadísticas del año 2022, que culminó con la implementación total del nuevo Código Procesal Penal, exponen la celeridad de los plazos en los procesos penales y el trabajo de los jueces, fiscales y las Oficinas Judiciales.
La Jueza de Garantías, doctora Graciela Ferreyra, dispuso la prisión preventiva por 180 días para Daniel Acevedo, imputado por la muerte de su pareja, Alba Ricotti. Su detención continuará en el establecimiento penitenciario Unidad Penal N° 6 “Gral. San Martín”.