El Tribunal de Revisión de Mercedes compuesto por los doctores Carlos Antonio Martínez, Enrique Eduardo Deniri y Jorge Alberto Esper no admitió la recusación presentada por la defensa de los 7 imputados ejercida por el doctor Pablo Andrés Fleitas. La audiencia pasó a un cuarto intermedio hasta que el Superior Tribunal ratifique o rectifique lo decidido. El viernes 14 de marzo, la Juez de Garantías, doctora Simy Beatriz Benasayag, resolvió hacer lugar a la medida cautelar y ordenó a desocupación del inmueble que era ocupado por los imputados y es propiedad del Estado.
En una audiencia realizada hoy, el Tribunal de Revisión de Mercedes, compuesto por los doctores Enrique Eduardo Deniri y Jorge Alberto Esper no admitió la recusación presentada por la defensa de los 7 imputados ejercida por el doctor Pablo Andrés Fleitas.
Los imputados, según evidencia presentada por el Fiscal doctor Casarrubia estarían incurriendo en un ilícito porque estarían ocupando el predio perteneciente al Estado Provincial -conf. Ley de Utilidad Pública N° 6628-, al que habían aceptado su desocupación en un acuerdo realizado con la Fiscalía de Estado ante el Superior Tribunal.
Todo ello en afectación a los intereses del Gobierno Provincial, que se encuentra financiando la “urbanización integral del área, incluyendo todas las actividades y servicios necesarios para valorizar y fortalecer el culto y veneración” -art. 2 de la Ley 6628-.
En este marco, el viernes 14 de marzo la juez de Garantías, doctora Simy Beatriz Benasayag, resolvió hacer lugar a la medida cautelar –art. 23 del Código Penal y 247 del CPP de Corrientes), ordenando LA DESOCUPACIÓN DEL INMUEBLE, la que deberá hacerse efectiva en el plazo de diez (10) días corridos, disponiendo la entrega a su titular dominial registral -Estado Provincial-, con el apercibimiento de que en caso de incumplimiento podrá disponerse la ejecución de la medida por la fuerza pública e incurrir en el delito de desobediencia a una orden judicial.
Recusación de la defensa
En el marco de esta decisión tomada por la jueza de Garantías, el doctor Pablo Fleitas impugnó la decisión, que debe ser resuelta por el Tribunal de Revisión, ante el que ahora presentó una recusación que fue rechazada por el Tribunal, por lo que los antecedentes serán elevados al STJ para que decida si ratifica o no la intervención del Tribunal para decidir sobre la impugnación.