21 diciembre, 2021 - DIRECCIÓN GENERAL DE ARCHIVO

En 48 horas se otorgó un Segundo Testimonio de Escritura en el marco del nuevo Código Procesal Civil y Comercial

La nueva normativa contempla un procedimiento específico y directo, que antes no estaba previsto, por el cual se puede solicitar ante esta oficina judicial la expedición del Segundo Testimonio de una Escritura. Lo que tardaba de 3 a 6 meses se concretó en dos días.

En el artículo 486 del nuevo Código Procesal Civil y Comercial que comenzó a regir en toda la provincia el 1° de diciembre se generó un nuevo mecanismo que antes no estaba previsto, mediante el cual una persona legitimada puede solicitar directamente ante la Dirección General de Archivo del Poder Judicial un Segundo Testimonio de Escritura notarial.

Aplicando esta normativa, en 48 horas se expidió un segundo testimonio de titularidad en la propiedad de un bien inmueble cuando con anterioridad a la Ley N°6556 este procedimiento podía tardar aproximadamente entre 3 y 6 meses, ya que se tenía que realizar un proceso judicial sumarísimo.

De esta manera queda demostrado uno de los principales objetivos del nuevo Código que se basa en la celeridad de los procedimientos.

La Dirección General de Archivo es la encarda de la Guarda de los Protocolos de los Escribanos con Registro Público, conforme lo establece el artículo 70 del LOAJ y el artículo 184 del RIAJ.

Disposición de la Dirección General de Archivo

La expedición del Segundo Testimonio se dio por Resolución interna del Archivo General N°2076 del 17 de diciembre de 2021 en respuesta a la nota que fuera presentada el día 15 de diciembre cumplimentando el artículo 1, 2 y 486 del CPC y C.

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