1 diciembre, 2020 - NUEVO CÓDIGO PROCESAL PENAL EN MERCEDES

En tiempo récord se homologaron dos acuerdos y se dieron por concluidas las causas

Entre las tareas que lleva adelante el Juzgado de Garantías de Mercedes se destacan por lo particular dos causas. La primera era residual y finalizó con un juicio abreviado; la segunda se tramitó íntegramente con el nuevo Código de Procedimiento y terminó con un acuerdo conciliatorio, el trámite se llevó a cabo en 20 días.

El juez de Garantías de Mercedes, subrogante, doctor Gustavo René Buffil resolvió las primeras dos causas mediante la aplicación del Nuevo Código Procesal Penal de Corrientes aprobado el año pasado, y que comenzó a regir en la 3° Circunscripción Judicial el 1º de noviembre pasado.

Juicio Abreviado

La primera causa fue por el delito de lesiones leves, y la audiencia con conexión remota para alguna de las partes, en cumplimiento a las medidas preventivas por la pandemia COVID 19 se concretó el 19 de noviembre.

Se trataba de una causa residual (es decir iniciada bajo la vigencia del Código anterior), y una vez iniciada la primera audiencia de Juicio Abreviado Pleno, el Fiscal y la defensa presentaron un acuerdo y el Juez de Garantías, subrogante, ya que intervino el doctor Gustavo René Buffil recibió el pedido y programó una audiencia para 48 horas después. Cumplido ese plazo, y con todas las partes presentes vía on line, analizó el acuerdo, lo homologó, dio sus fundamentos y dicto sentencia condenatoria.

Audiencia conciliatoria

En segunda  causa, la Jueza de Garantías fue la doctora Margarita López Rivadeneira, el 27 de noviembre celebró su primera audiencia de conciliación en una causa íntegramente tramitada bajo el nuevo procedimiento (artículo 37 CPP).

Se trató también de un delito por lesiones leves,  que se había iniciado el 7 de noviembre. Las dos personas involucradas llegaron a un acuerdo, que fue homologado por la magistrada, quien dictó sentencia extinguiendo la acción penal.

De esta forma, y mediante la aplicación de la nueva normativa, una causa que inició el 7 de noviembre concluyó el 27 de noviembre, permitiendo a las partes su participación en la solución del conflicto.

Los acuerdos de conciliación o reparación integral están previstos en el artículo 37 del Código Procesal Penal.

“Concretado el acuerdo, el fiscal lo presentará ante el juez para su homologación, en audiencia. El juez deberá cerciorarse de que las partes han acordado en forma libre y voluntaria. Mientras no se acredite el cumplimiento del acuerdo homologado, el fiscal reservará el legajo. Acreditado el cumplimiento, el juez, a solicitud de parte, tendrá por extinguida la acción penal y ordenará el archivo del caso. El juez podrá prescindir de la audiencia, si la considerase innecesaria. Ante el incumplimiento de lo acordado, el fiscal solicitará una audiencia al juez para que declare el incumplimiento. Si así fuere, se reabrirá el proceso”, reza la normativa aplicada.

El nuevo Código

El Código Procesal Penal de Corrientes, fue aprobado el 7 de noviembre de 2019 y su implementación, por motivos económicos y organizacionales, se viene materializando de manera escalonada.

El turno en primer lugar fue para la 4° Circunscripción Judicial que incluye, Paso de los Libres, Monte Caseros y San Miguel, cuya implementación comenzó a regir el 1° de septiembre.

Luego en noviembre se puso en marcha en la 3° Circunscripción y el 1° de marzo será el momento de Goya, Esquina, Lavalle y San Roque.

Antes de que en cada localidad comience a regir la nueva normativa, el doctor Eduardo Panseri, Ministro del Superior Tribunal de Justicia junto a una comitiva de profesionales del Poder Judicial viaja hasta cada una de ella para brindar capacitaciones a los operadores del sistema sobre los cambios radicales que se presentan a partir de la vigencia del Código Procesal Penal. 

 

 

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