21 mayo, 2012 - CORTE PROVINCIAL

Exhortan a Tribunales Penales a ejecutar sentencias de los condenados

El Superior Tribunal de Justicia exhortó a todos los Tribunales Orales Penales que, una vez firme el cómputo de pena de los condenados, procedan de inmediato a ejecutar la sentencia y dispongan su traslado a las unidades carcelarias que corresponda.

La exhortación de la Corte Provincial, destinada a los Tribunales Orales Penales (TOP) de la provincia y a los Juzgados de Menores que intervienen en caso de sentencia integrativa, surge como consecuencia de la observación de los Listados de Detenidos, que deben ser remitidos por éstos en forma mensual al STJ.

Concretamente, lo que generó en los integrantes del Alto Cuerpo se produce porque luego de haber quedado firme el cómputo de pena, esas dependencias judiciales continúan adoptando medidas referentes al condenado sin ordenar su traslado de inmediato a las unidades penitenciarias. Tampoco los ponen -con la inmediatez necesaria- a disposición del Juzgado de Ejecución de Condena, siendo que ese es el Tribunal que resulta competente para entender a partir de ese momento.

Esa inquietud de la Corte Provincial quedó plasmada en el Acuerdo N°13/12 donde exhortaron y recomendaron a todos los Tribunales Orales Penales de la Provincia, que una vez firme el cómputo de pena “procedan de inmediato” a ejecutar la sentencia disponiendo el traslado de los condenados, conjuntamente con la puesta a disposición de ellos al Juzgado de Ejecución de Condena de la Provincia. Deberá además remitir los legajos y abstenerse de continuar resolviendo cuestiones referente a la situación procesal de los condenados, bajo apercibimiento del Art. 170°, inc. 1) del C.P.P. y el Art. 197° de la Constitución Provincial.