El Tribunal Oral Penal de Santo Tomé fijó para el 27 de octubre próximo el inicio del debate en la causa que se sigue a Carlos Omar Ponce por la muerte de su pareja, a quien habría arrojado combustible y luego quemado.
El TOP fijó para el jueves 27 de octubre para el inicio del juicio que se le sigue a un hombre por la muerte de su concubina, ocurrida el 6 de septiembre del 2014 en Santo Tomé.
En esa fecha, cerca de las 22, la pareja se encontraba en el interior de la vivienda ubicada por calle Roque Sáenz Peña al N° 330 cuando el hombre prendió fuego a Adriana Dos Santos, utilizando algún elemento como fósforo, encendedor, y combustible, que roció sobre el cuerpo de la víctima previamente. La mujer tuvo quemaduras de primer y segundo grado en el 75% del cuerpo y luego de tres días de agonía falleció por insuficiencia respiratoria a causa de las graves lesiones sufridas.
Según los testimonios obtenidos en la etapa de instrucción, Ponce tenía antecedentes de haber golpeado a su pareja en reiteradas oportunidades.
La causa fue caratulada como “PONCE CARLOS OMAR P/SUP. HOMICIDIO AGRAVADO – SANTO TOME (COM. 2DA.)” y es la primera que se eleva a juicio en la quinta circunscripción.
En el auto de elevación a juicio se encuadró el delito como “Homicidio Agravado por el Vínculo y por la Violencia de Género”, previsto y penado por el Art. 80 inc. 1 y 11 del Código Penal.
El máximo Tribunal -integrado con Jueces Subrogantes- consideró que el ataque mortal en las condiciones en que fue cometido por Raúl Escalante, en el marco de una relación desigual de poder, y entre otras razones para evitar ser descubierto, resultaba suficiente para configurar el homicidio calificado por mediar violencia de género, sin que fuera necesario demostrar otros hechos de violencia física previos al homicidio.
La Corte Provincial –con diferente integración- rechazó el recurso de casación presentado por la defensa de Raúl Escalante y confirmó la pena de prisión perpetua dispuesta por el TOP N°1. El femicidio Tamara Zalazar ocurrió el 12 de enero de 2016.
El Tribunal Oral Penal N° 2 dio a conocer los fundamentos por los cuales condenó a prisión perpetua a Aldo Guari por el delito de homicidio calificado por el vínculo y por mediar violencia de género. La víctima, su ex pareja, era Ines Pianalto.