La dependencia ya implementó 7 audiencias preliminares orales, una práctica enmarcada en la política de calidad del STJ que contribuye a garantizar celeridad e inmediatez, agilizando los procesos judiciales.
A partir del mes de marzo de 2019, el Juzgado en lo Correccional N° 1, a cargo de la doctora Gabriela Aromi, reemplaza la tramitación escrita de los actos preliminares del juicio por una Audiencia oral en la que las partes pueden plantear las nulidades y recusaciones que consideren pertinentes (art. 379 del C.P.P.), plantear excepciones no presentadas con anterioridad (art. 284 del C.P.P.) y promover alternativas, como la suspensión de Juicio a Prueba (art. 76 bis del C.P.), la conciliación (art. 59 inc. 6 del C.P.) o solicitar la derivación del caso al Centro Judicial de mediación (art. 2.II.b) de la Ley 5931).
Resueltas las cuestiones preliminares las partes ofrecen las pruebas, que son admitidas o rechazadas en la misma audiencia en la que también se fija la fecha de la audiencia de debate.
Hasta el momento se han desarrollado 7 audiencias preliminares orales, sin inconvenientes ni objeciones. El acta se integra con el registro de video.
La oralidad además de garantizar los principios de inmediación, contradicción y celeridad, permite a las partes la búsqueda de la mejor solución del conflicto que antecede a la imputación penal.
“En relación a la celeridad, a manera de ejemplo, la audiencia de juicio oral y público que se realizó el 9 de mayo, tenía dos causas acumuladas. El hecho más antiguo fue el 15 de octubre de 2016 y siguió el trámite de proceso ordinario. El segundo hecho, ocurrido el 27 de febrero de 2019, transitó por el procedimiento de flagrancia (Acdo. STJ N° 31/17, punto 10), con audiencia preliminar oral en etapa de juicio. Mientras para la causa de proceso ordinario transcurrieron casi 3 años del hecho hasta la audiencia de debate, el segundo con procesos orales llegó al mismo estadio en menos de 3 meses” explicó la doctora Aromi.
Esta práctica, tomada de una experiencia similar en la ciudad de Mercedes, contribuye a garantizar uno de los objetivos estratégicos de la Corte Provincial que es Incrementar la agilidad de los procesos jurisdiccionales y propender al uso de la oralidad como herramienta de simplificación de los procesos judiciales.
Los Juzgados Correccionales de Capital tienen una competencia plural, toda vez que a la competencia natural establecida en el art. 25 del C.P.P. (juicio correccional), se suman las competencias excepcionales asignadas por Acuerdos N° 37/08, punto 15 (instrucción de causas correccionales), y N° 39/08 punto 20 y 13/11, punto 16 (juicio por delitos de acción privada).
Además de ello, son tribunal de apelación de los fallos de los Tribunales de Faltas y del régimen contravencional (art. 103 del Dto. ley 124/01).
El Tribunal de Juicio impuso la pena de siete años de prisión para Melanie Celeste Villalba, de cinco años y cuatro meses para Agustina Giselle Salinas por el delito de homicidio simple en grado de tentativa y en calidad de autora y co-autoras materiales. En cuanto a María Isabel González, fue considerada responsable penalmente por el delito de lesiones leves. Los fundamentos estarán disponibles dentro de los próximos cinco días hábiles.
El próximo martes 22 de abril, ante el Tribunal de Juicio en su integración plena de los doctores Jorge Alberto Troncoso, como presidente; Juan Manuel Ignacio Muschietti y Ramón Alberto Ríos, como vocales; la fiscalía acusará a una mujer por el presunto homicidio de sus dos hijos menores de edad.
A través de la Resolución N° 13, la Fiscalía General del Poder Judicial de Corrientes declaró de interés el II Encuentro Nacional de la Red Argentina de Fiscalías Ambientales (R.A.F.A.), que se realizará los días 15 y 16 de mayo de 2025 en la ciudad de Santa Fe.