En una causa por un proceso sucesorio iniciada con anterioridad a la entrada en vigencia del nuevo Código Civil y Comercial, el Juzgado Civil y Comercial de Monte Caseros aplicó la normativa vigente.
La doctora Elsa Laura López, a cargo del el Juzgado Civil y Comercial de Monte Caseros, entendió que encontrándose en trámite la causa “B. J. A. S/ SUCESORIO”, cuya iniciación se produjo con anterioridad a la entrada en vigencia de la ley 27.077 -nuevo Código Civil y Comercial-correspondía remitirse al artículo 7 de esa normativa.
Ese artículo se refiere expresamente sobre el Proceso Sucesorio, es decir las normas procesales que regulan al mismo. Y las normas de índole procesal son de aplicación inmediata, en tanto no se invaliden actuaciones cumplidas con arreglo a leyes anteriores.
Al cumplirse el primer aniversario de la implementación en toda la provincia del Código Civil y Comercial -Ley N° 6556- y del Régimen de Gestión Electrónica, los Ministros Fernando Augusto Niz y Guillermo Horacio Semhan realizarán a lo largo del mes de diciembre un balance junto a los protagonistas que irán narrando sus experiencias, las prácticas positivas, los obstáculos sorteados y las ventajas de la norma procesal para el servicio de justicia.
Así lo expresó en la apertura del Taller “Revisando nuestra Gestión. Buscando nuevas prácticas” en el marco de la aplicación del régimen de gestión electrónica en el marco de la implementación del Código Procesal Civil y Comercial que comenzó a regir en toda la provincia el 1° de diciembre de 2021. El doctor Fernando Augusto Niz, consideró que es muy importante abordar esta temática que hace a la nueva visión de justicia.
El juez de Paz de Mburucuyá doctor Sergio Shwoihort ordenó restituir un inmueble a una mujer que lo entregó en comodato a otra ya que en el contrato estaba previsto que si la dueña lo requería con 30 días de antelación, la devolución debía materializarse. El nuevo Código Procesal Civil y Comercial permite agilizar este proceso que antes demoraba mucho más tiempo.