2 octubre, 2019 - SANTO TOME

Juzgado de Instrucción y Correccional pidió al Servicio Penitenciario una pulsera electrónica para Osvaldo Silva

El Juzgado solicitó al Servicio Penitenciario un dispositivo electrónico para Osvaldo Silva, quien amenazó verbalmente a su ex cónyuge. El hombre está procesado por el homicidio de Perla Marisel Zelaya Araujo y por intentar matar a la hija de ésta. Se le autorizó prisión domiciliaria –que cumple en la casa de su madre- por incapacidad de autovalerse.

La dependencia a cargo de la doctora Sara Marina Durand libró este mediodía un oficio al Servicio Penitenciario en el que solicitó una pulsera (mecanismo de seguridad electrónica) para Osvaldo Fortunato Silva.

La medida de la magistrada se funda en una amenaza verbal que sufrió su ex esposa, y que fuera denunciada ante la Fiscalía.

La posibilidad de otorgar el dispositivo electrónico será evaluada por el Servicio Penitenciario.

Silva, de 38 aprox. años, está procesado por el delito de “SUP HOMICIDIO SIMPLE EN GRADO DE TENTATIVA Y HOMICIDIO AGRAVADO EN CONCURSO REAL” – VIRASORO (COM 1RA)-.

En marzo pasado, Silva mató a Perla Marisel Zelaya Araujo e intentó luego matar a la hija de ésta. Más tarde se disparó (intentando suicidarse) y las lesiones derivaron en la incapacidad para desplazarse, alimentarse e higienizarse por si mismo. Además perdió un riñón.

Tras dos hospitalizaciones, su defensa pidió prisión domiciliaria para que recibiera cuidados de su madre. La doctora Durand autorizó el régimen de prisión domiciliaria y dispuso que Silva fuera trasladado a la vivienda de ésta.

Para decidir de ese modo, la magistrada tomó en consideración el dictamen fiscal favorable que señalaba “el deteriorado estado de salud del mismo y a fin de que pudiera continuar con un correcto tratamiento de la enfermedad que sufre”.

También tomó en cuenta el examen del médico forense que determinó el 25 de septiembre que Silva “… presenta imposibilidad de mantenerse de pie y deambular, miembro superior e inferior izquierdo paretico, limitaciones en el movimiento en la mano derecha. Presenta incapacidad para auto-valerse, dependiendo de terceros en forma absoluta para alimentarse, higienizarse, trasladarse. Presenta un aspecto físico-nutricional mejorado en relación a exámenes anteriores, no así en su cuadro motriz. Necesita rehabilitación neurológica kinésica, no es esperable ninguna mejoría sin dicho tratamiento…”.

El Juez puede conceder la prisión domiciliaria a un imputado detenido en una causa penal si considera que se cumplen los supuestos establecidos en la ley Ley 24.660. Esos supuestos son: cuando la permanencia en un establecimiento del servicio penitenciario le impida al detenido tratar adecuadamente una enfermedad; cuando el detenido padezca una enfermedad terminal; cuando a un detenido con discapacidad el encierro le implique un trato inhumano; cuando un detenido supere los 70 años de edad; a una mujer embarazada; a la madre de un menor de 5 años o de una persona con discapacidad.

La magistrada dispuso además que trabajadores del Servicio Social Forense visiten a Silva sin previo aviso.