5 agosto, 2014 - DESIGNAN COMPETENCIA

La Cámara de Apelación en lo Criminal, alzada de los Juzgados de Instrucción

El Superior Tribunal de Justicia determinó que la Cámara de Apelación en lo Criminal es el tribunal de alzada de los Juzgados de Instrucción.

La Corte Provincial tomó esta decisión tras analizar un caso generado entre los jueces de Instrucción de Paso de los Libres: la inhibición de la Juez N°2 y la oposición a la misma por parte del magistrado del N°1. La primera planteaba la posibilidad de doble intervención en una causa y el segundo se oponía porque esa intervención fue sólo respecto de uno de los imputados, que resultó absuelto, y no llegó a la faz correccional.

Los Ministros recordaron que la Ley N° 5655 del año 2005 desmembró la competencia tripartita de la Cámara en lo Criminal, poniendo en funcionamiento el Juzgado de Ejecución de Condena (marzo del 2007) y posteriormente la Cámara de Apelación en lo Criminal (junio de 2011). Así la competencia se dividió entre Tribunales Orales Penales, Juzgado de Ejecución de Condena y Cámara de Apelación en lo Criminal.

Por ende, el superior jerárquico del Juzgado de Instrucción es la Cámara de Apelación en lo Criminal. La Corte fijó entonces la competencia y devolvió la causa a origen para que los interesados eleven las actuaciones a ese tribunal.