La Corte provincial fijó posición respecto a quien imparte directivas a la autoridad policial durante la etapa prejurisdiccional. Aunque el ordenamiento actual de la provincia establece que ésta obedece tanto al Juez como al Fiscal, la doctrina pondera el control que ejerce éste último.
Si bien se reconoce que no hay disposición alguna en las normas procesales y administrativas vigentes que conmine estrictamente a los efectivos a obedecer en forma unilateral al Juez o al Fiscal, la faz doctrinaria y legislativa exalta un control absoluto de la actividad de la fuerza pública por parte del Fiscal, quien es el “auténtico vigía del derecho o controlador de la legalidad”.
La resolución del Superior Tribunal se produjo a raíz de un planteo elevado por
Los ministros afirmaron que la tendencia actual es la de otorgar al Fiscal un protagonismo “casi exclusivo” tanto en la faz policial como procesal de la causa, debiendo el juez dejar de lado su papel de director del proceso y adoptar otro igualmente relevante que es el de velar por el fiel cumplimiento de las garantías constitucionales del imputado y de la víctima, allanando el acceso de ésta a la justicia y controlando el estricto cumplimiento del debido proceso.
En el caso concreto, el magistrado no objetó las directivas de
El STJ señaló al Juez que “no existe la pretendida cuestión conflictiva por él planteada” puesto que la oportunidad en que el magistrado examina las actuaciones totales se produce al ingresar el sumario al juzgado y no antes. “Previamente tiene un escueto conocimiento del hecho basado en el preventivo relacionado de la autoridad policial, salvo que se aboque a la investigación directa del hecho y mande elevar las actuaciones en el estado en que se encuentran”
Y en relación a que las personas por un incorrecto encuadre legal de la fiscalia permezcan detenidas ilegalmente hasta que él se haga cargo del expediente, los ministros le respondieron en forma negativa. “Para que la detención de una persona sea ilegal debe ser por error judicial cometido en el juzgamiento, y es por ello que el juez como garante del debido proceso debe dar tratamiento prioritario a las causas con detenidos”