4 noviembre, 2008 - CAPITAL

Modifican subrogancias en Juzgados Civiles y Comerciales

La Corte Provincial ordenó modificar temporalmente las subrogancias en los Juzgados Civiles y Comerciales. La resolución rige desde el día de la fecha y hasta tanto se cubran las vacantes en las dependencias 3, 7, 8 y 9.

La medida fue dispuesta por el Superior Tribunal de Justicia considerando las vacantes producidas en cuatro de los trece juzgados de ese fuero en Capital.

El Consejo de la Magistratura ha iniciado las correspondientes convocatorias para la cobertura de esos cargos, pero se trata de procesos de planificación cuyos tiempos se contraponen con el fin de brindar un servicio de justicia eficiente y eficaz.

Por lo tanto, y atento a que el justiciable debe poseer certidumbre en cuanto al Juez que debe resolver sus cuestiones, se dispuso que hasta que sean cubiertos los cargos de los Juzgados Civiles y Comerciales N° 3, 7, 8 y 9 se suspenda la aplicación del artículo 6 bis del Reglamento de la Mesa Informatizada. El mismo se refiere a la subrogación para los supuestos de vacancias por más de 30 días.

Al Juzgado Civil y Comercial N° 4 se le adjudicó la subrogación del N° 8; al N° 6 la del N° 3; el N° 11 se hará cargo de las causas del juzgado N° 7; y por último el N° 2 se encargará del N° 9.

La resolución –que lleva la firmas de todos los ministros del STJ- rige desde este 4 de noviembre, quedando sin efecto las subrogancias que estuvieren en curso cubriendo los Juzgados vacantes.