La Corte Provincial ordenó modificar temporalmente las subrogancias en los Juzgados Civiles y Comerciales. La resolución rige desde el día de la fecha y hasta tanto se cubran las vacantes en las dependencias 3, 7, 8 y 9.
La medida fue dispuesta por el Superior Tribunal de Justicia considerando las vacantes producidas en cuatro de los trece juzgados de ese fuero en Capital.
El Consejo de
Por lo tanto, y atento a que el justiciable debe poseer certidumbre en cuanto al Juez que debe resolver sus cuestiones, se dispuso que hasta que sean cubiertos los cargos de los Juzgados Civiles y Comerciales N° 3, 7, 8 y 9 se suspenda la aplicación del artículo 6 bis del Reglamento de
Al Juzgado Civil y Comercial N° 4 se le adjudicó la subrogación del N° 8; al N° 6 la del N° 3; el N° 11 se hará cargo de las causas del juzgado N° 7; y por último el N° 2 se encargará del N° 9.
La resolución –que lleva la firmas de todos los ministros del STJ- rige desde este 4 de noviembre, quedando sin efecto las subrogancias que estuvieren en curso cubriendo los Juzgados vacantes.