El Superior Tribunal de Justicia ordenó a la Municipalidad de San Miguel que abone dietas a un ex-concejal que durante más de un año y medio no percibió su salario.
La Corte Provincial hizo lugar a una acción contencioso administrativa iniciada por el ex concejal Hugo Hilario Arnaldi, con el fin que se liquide y pague su dieta como funcionario municipal correspondiente a los períodos marzo a diciembre/96, enero a noviembre/97, SAC 1º y 2º semestre/96, 1º semestre/97 y proporcional 2º semestre/97, días trabajados del mes de diciembre/97.
Aunque la Municipalidad rechazó en primer término la demanda objetándola por cuestiones formales, arguyó luego que el juicio de Arnaldi fue sobreseido en un Amparo por ausencia de pretensión, y aclaró que por resolución Nº 176/99 del 31/12/99 se consolidó la deuda, facultando a la Tesorería municipal a establecer su monto y la modalidad de pago. Se sostuvo también que fue el ex edil quien que no realizó reclamo alguno con posterioridad a esa fecha.
Los Ministros doctores Carlos Rubín, Guillermo Horacio Semhan y Alejandro Alberto Chain recordaron que –en relación a la cuestión de fondo- la resolución firmada por el Municipio establecía expresamente en sus considerandos “Que la figura de consolidación importa un reconocimiento cierto de deudas”. Es decir, la consolidación no significa no pagar las deudas sino sólo la existencia de un pago ordenado y condicionado legalmente.
En este caso el Ejecutivo Municipal reivindicó la decisión como facultad de ese poder municipal, por lo que corresponde dar curso a la demanda, y condenando a la Municipalidad de San Miguel al pago de $10.843,33, más intereses de tasa pasiva del Banco Central de la República Argentina para uso judicial.