La Presidencia del STJ no dio trámite a un recurso de queja presentado por la Fiscalía de Instrucción N°3 en la que se cuestionaba la decisión de la Cámara de Apelaciones que confirmó el auto de procesamiento del imputado Mario R. Bofill.
La Presidencia de la Corte Provincial no dio curso a un trámite de recurso de queja elevado por la Fiscalía de Instrucción N°3 por el cual su titular, la doctora Mónica Inés Espíndola, cuestionó que la Cámara de Apelaciones hubiera rechazado la modificación de la calificación del delito por el cual está imputado Mario R. Bofill.
Al fundamentar su decisión, el doctor Guillermo Horacio Semhan aseveró que la queja no presentaba los requisitos exigidos para su procedencia, ya que el criterio sostenido por el STJ es que el estudio de admisibilidad “no debe sobrepasar el análisis de los agravios del quejoso, dirigidos hacia la resolución que deniega el medio impugnativo y que es la pieza, que el quejoso debe atacar”.
En el presente caso, la Fiscal se dirigió contra la decisión de la Cámara de Apelaciones que confirmó el auto de procesamiento del imputado Mario R. Bofill “y no contra la Resolución que denegó el Recurso de Casación incoado contra aquella decisión de alzada, reiterando sus agravios vertidos en el recurso de casación”. Y la Corte Provincial, indicó el doctor Semhan, a esta altura del proceso, cuando el expediente está aún en etapa instructoria se encuentra impedido de controlar, a fin de aventar cualquier duda de prejuzgamiento.
En segundo lugar, el STJ tiene dicho que las resoluciones que confirman los autos de Procesamiento no son sentencias definitivas ni equiparables a ellas.