La Jueza de Ejecución de Condena de la provincia, doctora María Teresa Zacarías, intervino en dos audiencias en etapa de ejecución en el marco de la nueva normativa. En un caso resolvió una solicitud de un condenado y en el otro escuchó a la víctima. Trabajó de modo coordinado con las OFIJUs de Paso de los Libres y Curuzú Cuatiá.
La magistrada participó de dos audiencias en etapa de ejecución. Una se realizó el lunes 30 de agosto en la OFIJU de Paso de los Libres donde se analizó un pedido de prisión domiciliaria solicitada por la defensa particular de un condenado bajo la nueva normativa.
Por sentencia N°9/21 se lo le había dado tres años de prisión efectiva por los delitos de Agresión con arma impropia sin causar herida y Lesiones leves agravadas por violencia de género, Lesiones leves, Resistencia a la autoridad y Agresión con arma sin causar herida, en total 4 hechos.
La razón por la que pidió prisión domiciliaria fue la situación epidemiológica y la grave situación económica-social que atraviesa su familia.
Ante tal solicitud, la doctora Zacarías, desde acceso remoto Cisco Webex escuchó a la víctima en audiencia previa junto a la doctora Patricia Mariela Armendia, Fiscal de Ejecución de Condena y el doctor Lautaro Fuentes, defensor particular.
El día después, en otra audiencia, la defensa particular expuso el planteo de prisión domiciliaria y finalizado, la fiscal emitió su dictamen. Finalmente, la jueza de Ejecución resolvió no hacer lugar al planteo formulado por la defensa.
La intervención de la Juez de Ejecución se basa en los artículos 464 y 465 del nuevo Código.
El artículo 464 establece: “Ejecución de la pena privativa de libertad. La ejecución de una pena privativa de la libertad se regirá por las reglas de la ley específica sobre la materia. El Juez de ejecución adoptará las decisiones judiciales previstas en dicha ley”.
El artículo 465 indica: “Planteos. Audiencia. Trámite. Los planteos serán resueltos por el juez de ejecución en audiencia. Si por razones de distancia la presencia del condenado se hiciese dificultosa, el juez podrá disponer que la audiencia se desarrolle por medios tecnológicos. En este caso se deberá asegurar la privacidad de la comunicación entre el condenado y su defensor”.
Audiencia por incumplimiento de reglas de conducta
La otra audiencia en la que intervino la doctora Zacarías se realizó el 14 de junio en la OFIJU de Curuzu Cuatiá. La causa se originó en el incumplimiento del condenado de las reglas de conductas impuestas en la ejecución condicional.
La OFIJU informó a la doctora Zacarías y la magistrada solicitó se realizara una audiencia de manera inmediata con la víctima, quien no deseaba estar junto al condenado. Por lo tanto, en una segunda audiencia estuvieron presentes el condenado, su defensa y la fiscal de ejecución.
Previamente a que se materialice la audiencia la Fiscal de Ejecución, doctora Armendía, solicitó se realice un dictamen psicológico al condenado y en base a ello pidió se amplíen las reglas de conductas: es decir, tratamiento psicológico. En todo momento, se dio intervención a la víctima.
Las audiencias se realizaron en coordinación permanente entre las Oficinas Judiciales de Paso de los Libres y Curuzú Cuatía con el Juzgado de Ejecución y la Fiscalía de Ejecución.
Las OFIJUs son organismos administrativos creados con el nuevo Código Procesal Penal y entre sus tareas se encuentran las de convocar a las partes y jueces, determinar que jueces intervienen en los legajos (antes llamados expedientes); realizar las citaciones, notificaciones y comunicaciones; informar a las partes y recibir sus solicitudes; custodiar los objetos secuestrados; fijar y organizar las audiencias; y llevar actualizados los registros y estadísticas, entre otras funciones.
El 27 de febrero pasado un hombre violó una orden de restricción de acercamiento a su ex pareja en San Luis del Palmar. A menos de dos meses de cometido el delito, la causa fue elevada a juicio oral por la jueza de Garantías doctora Graciela Ferreyra, convirtiéndose así en el primer caso de Capital que logra una resolución tan expedita.
Las estadísticas del año 2022, que culminó con la implementación total del nuevo Código Procesal Penal, exponen la celeridad de los plazos en los procesos penales y el trabajo de los jueces, fiscales y las Oficinas Judiciales.
La Jueza de Garantías, doctora Graciela Ferreyra, dispuso la prisión preventiva por 180 días para Daniel Acevedo, imputado por la muerte de su pareja, Alba Ricotti. Su detención continuará en el establecimiento penitenciario Unidad Penal N° 6 “Gral. San Martín”.