Como ejecutores de las órdenes emanadas por los magistrados, los oficiales de justicia enfrentan a diario situaciones de violencia verbal y física en el cumplimiento de su función.
Las resoluciones judiciales no siempre son cumplidas en forma voluntaria por sus destinatarios. Para lograrlo, se libra un documento denominado “Mandamiento”, en el que se le ordena al Oficial de Justicia que ejecute ese “mandato” y se asegure que los términos de la resolución judicial se traduzcan en hechos concretos.
Al ejecutar esas órdenes, los empleados de
Si bien estos oficiales prestan un servicio público, su tarea no siempre es de las más agradables. En el más estricto sentido, constituyen los brazos ejecutores del magistrado. No poseen facultades para cuestionar ni la competencia del juez interviniente, ni el contenido de la resolución. Su labor se circunscribe a notificar a las partes de la decisión judicial, hacerla operativa y verificar su cumplimiento, ya se trate de embargos, desalojos, secuestros de bienes muebles, exclusiones de hogar, restituciones de menores, etc.
Agresiones verbales y físicas son una constante que los oficiales de Capital y el interior (distribuidos en diversas localidades donde tienen sede los juzgados provinciales) están habituados a recibir en el ejercicio de esta función. “Frecuentemente se nos insulta o empuja, pero hay numerosos episodios donde nuestra propia vida está en juego: nos han corrido a machetazos, y amenazado con armas de fuego” relatan algunos de ellos.
Estos empleados saben que están expuestos a este tratamiento. “Nos capacitan para suavizar una situación que de por si es conflictiva, y colaborar para que el cumplimiento de la orden se produzca en el marco de la mayor tranquilidad posible. A veces se logra, otras no”.
La fuerza policial acompaña a los oficiales de justicia en su tarea con el objetivo de que éstos la puedan cumplimentar. “Al contrario de lo que cree la opinión pública, el contacto que los oficiales de justicia tenemos con el expediente es circunstancial. Sin embargo al ser quienes tratamos directa y personalmente con las personas involucradas, y con las circunstancias y consecuencias que produce la ejecución de la medida, nos encontramos bajo mayor exposición personal e institucional puesto que somos la “cara visible” del Poder Judicial”.
En casos resonantes como el desalojo de familias o el más reciente, de los trabajadores de la línea 11, son las partes en conflicto las que deben realizar los planteos ante el juzgado correspondiente.
El Oficial de Justicia es quien tiene, en el momento de la diligencia, el deber y la responsabilidad de que las garantías y principios constitucionales se respeten y se cumplan, evitando abusos de cualquiera de las partes y ejecutando fielmente la orden del Juez, a la vez que conteniendo a las personas presentes para evitar los desbordes que producen las reacciones apasionadas o temperamentales de las personas que se encuentran sometidas a situaciones de tensión como, por ejemplo, la que produce el desalojo de una vivienda y el lanzamiento de los bienes muebles a la calle.
“Si bien nuestro trabajo es, en muchos casos, ingrato, somos concientes que alguien lo debe hacer y que el Poder Judicial nos los ha confiado a nosotros, por lo que debemos realizarlo con seriedad y responsabilidad y sin perder de vista que, en muchos casos, depende de nuestra tarea que la sentencia judicial no sea más que meras enunciaciones abstractas, sino la concreción de la justicia en hechos tangibles y determinados”, concluyeron.