Tras varios meses sin proveer Etanercept 25 mg a una niña con una enfermedad autoinmune, el Juzgado de Familia de Santo Tomé ordenó a la obra social Incluir Salud la entrega urgente de la medicación.
La doctora Gabriela Borgo, Juez Subrogante del Juzgado de Familia de esa localidad, ordenó a la obra social Incluir Salud (Ex Profe) que entregara a la madre de una niña de 11 años Etanercept 25 mg, un medicamento utilizado en enfermedades de carácter autoinmune.
La obra social había dejado de proveerlo hacía varios meses, lo que motivó a la mamá de la nena a presentarse ante la Justicia. Lo hizo a través de la Defensoría Oficial.
La nena tiene diagnóstico de AIJ poliarticular FR positivo, anti CCP positivo, artritis rematoidea juvenil, anormalidades de la marcha y de la movilidad, signos de artritis infanto juvenil; en forma simultánea con un diagnóstico de rectificación de la lordosis cervical en ambas manos rodillas y pies.
La doctora Borgo hizo lugar al pedido porque el derecho a la salud de la niña se hallaba “gravemente comprometido”.
En su resolución la jueza explicó que su tarea era armonizar dos valores: por un lado el derecho legítimo de un paciente a recibir el tratamiento indicado por su médico tratante, y por otro, un sistema de seguridad social enmarcado dentro de un contexto de un estado de derecho.
“(…)no se puede economizar la salud, y como así tampoco se puede esperar la realización de trámites burocráticos, ni siquiera aquí judicial alguno para obtener la cobertura por parte de su obra social respecto del medicamento recetado para la paciente”.
Incluir Salud deberá entregar el medicamento en la cantidad de envases necesarios para completar 8 viales de aplicación subcutánea por cada mes (sin perjuicio de que si el médico tratante aumentara la dosis, deberá entregar más medicación).
“Estoy contento, soy feliz, y me quiero ir a Santiago del Estero con mamá y papá” expresó L., un niño de 10 años a quien la doctora María Dionicia Zovak le comunicó, de modo comprensible, tal lo establece el nuevo Código Procesal de Familia, Niñez y Adolescencia, que otorgó su guarda con fines de adopción a un matrimonio de esa provincia.
Para garantizar la inmediatez de las personas que participan en un juicio, el Juzgado Civil Comercial y Laboral de Santo Tome trabajó de modo articulado con el Juzgado de Paz de Alvear, donde reside un joven cuya restricción de capacidad está en análisis.
La Cámara de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo y Electoral de Capital confirmó la sentencia de la Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial y Laboral de Santo Tomé en la que se ordenó al Municipio de esa localidad un plan de saneamiento en un basural emplazado en las afueras de la ciudad. Sostuvo que la municipalidad ha incumplido la orden dada.