El Consejo de la Magistratura y el Jurado de Enjuiciamiento constituyen las instituciones encargadas de la selección de candidatos a ingresar a la magistratura y Ministerio Público, de juzgarlos y removerlos, en caso de comprobarse mal desempeño en el cargo.
En el acto eleccionario del 5 de julio venidero se elegirá un magistrado o integrante del Ministerio Público (titular y suplente) para desempeñarse como miembro del Consejo de la Magistratura y de un juez (titular y suplente) para conformar el Jurado de Enjuiciamiento, de acuerdo a los artículos 194 y 198 de la Constitución de la Provincia de Corrientes.
A tal efecto, en la semana del 26 al 30 de mayo se publicarán las Listas Provisionales y podrá realizarse la presentación de reclamos. El 2 de junio será aprobado el padrón definitivo de electores con su posterior distribución y exhibición. Las listas deben tener un nombre que las identifique y consignar los datos de los postulados para cada cargo. Deben ir acompañadas de siete firmas que las avalen y presentarse el 13 de junio al Tribunal Electoral del Colegio de Magistrados y Funcionarios del Poder Judicial, entidad en la que el Superior Tribunal de Justicia delegó la confección del reglamento eleccionario y el cronograma de los comicios.
Las listas serán publicadas del 16 a 20 de junio, de modo tal que su oficialización se concretará el día 23. Su impresión y la de las boletas, el 25 y 26 de ese mes respectivamente. El 30 de junio se designarán los lugares de votación y las autoridades de mesa.
De los comicios podrán participar asociados y no asociados al Colegio de Magistrados, como así también los Jueces de Paz.
Ver Padrón para elección de Integrantes del Consejo de la Magistratura y Miembros del Jurado de Enjuiciamiento.
Integrantes del Consejo de la Magistratura y el Jurado de Enjuiciamiento
El Consejo de la Magistratura, cuya función es la selección de postulantes para ocupar cargos de magistrados y funcionarios en el Ministerio Público (artículo 194), se integra con los siguientes miembros: el Presidente del Superior Tribunal de Justicia, el Fiscal de Estado, un magistrado o integrante del Ministerio Público elegido por votación directa de sus pares; un abogado que posea las mismas condiciones requeridas para ser miembro del STJ, elegido por votación directa de sus pares; y un profesor titular por concurso de la Facultad de Derecho de la UNNE, también elegido por votación directa de sus pares.
El Jurado de Enjuiciamiento, que tiene a su cargo el juicio político a todos los jueces e integrantes del Ministerio Público –a excepción de los miembros del STJ, del Fiscal General, del Defensor General y del Asesor General (artículo 197)- se integra del siguiente modo: un miembro del STJ; un juez elegido por votación directa de sus pares; un abogado que posea las mismas condiciones requeridas para ser miembro del STJ, elegido por votación directa de sus pares; un profesor titular por concurso de la Facultad de Derecho de la UNNE, también elegido por votación directa de sus pares; y dos diputados de distintos partidos políticos o alianzas y un senador, elegidos por la Cámara respectiva por mayoría absoluta de sus miembros.